Buenas tardes Francis, los Comprobante para Regímenes Especiales (14): son aquellos comprobantes utilizados para facturar las transferencias de bienes o prestación de servicios exentos del ITBIS y/o ISC a las personas físicas o jurídicas acogidas a regímenes especiales de tributación mediante leyes especiales, contratos o convenios debidamente ratificados por el Congreso Nacional.
Para que se le facture con comprobante de regímenes especiales (NCF del tipo 14), el contribuyente debe demostrar que se encuentra acogido a un régimen especial de tributación.
En el caso de las sin Fines de Lucro debe presentar la certificación de exención de ITBIS emitida por Impuestos Internos, al momento de adquirir bienes o servicios.
En el caso de las zonas francas debe presentar el carné vigente por la DGII, al momento de adquirir bienes o servicios el cual debe estar vigente.
Base legal: Norma General 05-2019, Art. 3.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Solución oficial
YB
1.1K Mensajes
hace 6 años
Para que se le facture con comprobante de regímenes especiales (NCF del tipo 14), el contribuyente debe demostrar que se encuentra acogido a un régimen especial de tributación.
En el caso de las sin Fines de Lucro debe presentar la certificación de exención de ITBIS emitida por Impuestos Internos, al momento de adquirir bienes o servicios.
En el caso de las zonas francas debe presentar el carné vigente por la DGII, al momento de adquirir bienes o servicios el cual debe estar vigente.
Base legal: Norma General 05-2019, Art. 3.
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Starlin Santiago
35 Mensajes
hace 6 años
Base legal: Reglamento 254-06, Sección II, Arts. 4 al 5; Norma General 06-18, Art. 1.
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Francis Díaz
448 Mensajes
hace 6 años
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