martes, 16 de septiembre de 2025

Cerrado

Comprobantes de Gastos : B11, B13 y B17

Saludos, 

Tengo una inquietud sobre estos comprobantes y como deben reportarse:  ¿tengo que hacer una factura en formato PDF con el numero secuencial para estos comprobantes? 

Oldest First
Selected Oldest First

Solución aceptada

Oficial

Buenos días, Yordi. ¡Gracias por contactarnos!

 

En atención a su consulta, le informamos que, dichos NCF deben reportarse en su Formato de Envío 606:.

 

(11) Comprobante de Compras: son aquellos comprobantes emitidos por las personas físicas y jurídicas cuando adquieren bienes o servicios de personas no registradas como contribuyentes.  La factura sustentada con un comprobante de compras deberá tener el formato indicado en la Norma General 06-2018.

 

(13) Comprobante para Gastos Menores: son aquellos comprobantes emitidos por las personas físicas o jurídicas para sustentar pagos realizados por su personal, sean estos efectuados en territorio dominicano o en el extranjero y en ocasión a las actividades relacionadas al trabajo, tales como: consumibles, pasajes, transporte público, tarifas de estacionamiento y Peajes.


En la emisión de este tipo de comprobante no se debe transparentar ni adelantarse el ITBIS, aunque los bienes adquiridos se encuentren gravados, debido a que estos NCF son emitidos a nombre del mismo emisor (contribuyente).

 

(17) Comprobante para Pagos al Exterior: son aquellos comprobantes emitidos por concepto de pago de rentas gravadas de fuente dominicana a personas físicas o jurídicas no residentes fiscales, obligadas a realizar la retención total del Impuesto Sobre la Renta (ISR).

 

Lo recomendable es que realice las facturas de forma secuencial para que pueda visualizar cuando se les estén agotado y las mismas posean un orden lógico por periodo, sin embargo, la DGII solo le exige que las mismas estén vigentes.


Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.


Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

Es un placer servirle.

Muchas gracias..

Saludos

Buenos días.

¡Gracias Yordi por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)

Es un placer servirle.