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COMPROBANTE
Hola, tengo una empresa que ofrece servicios de transporte en general. A menudo, los clientes me pagan pero no solicitan facturas ni otro tipo de comprobante.
¿Qué tipo de comprobante debería emitir en estos casos? Y ¿cómo debo reportar estos ingresos a la DGII, considerando que algunos clientes solo usan el servicio una vez y no requieren documentos adicionales?
Agradecería cualquier orientación sobre cómo cumplir con las obligaciones fiscales en estas situaciones. ¡Gracias!
Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
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hace 2 meses
Buenos días. Gracias por contactarnos.
En atención a su consulta, le informamos que, las transacciones indicadas deben sustentarse con un comprobante de consumo, ya que, estos comprobantes se emiten a consumidores finales.
En ese mismo orden, deben reportarse en el resumen general de Facturas de Consumo en la OFV, en caso de superar el monto de los 250,000.00 deben también reportarse en el 607 con la célula del adquiriente del servicio.
Bases legales: Norma 06-18 art. 2 y Norma 10-18.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII.
Es un placer servirle.
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