Perfil de Lorena Vargas

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jueves, 6 de agosto de 2026

COMPROBANTE FISCAL POR VENTA DE SALVAMENTO

Estimados señores, un placer saludarles.

Agradezco me puedan colaborar con la siguiente consulta:

¿Cuándo una empresa aseguradora recibe un pago por venta de salvamento, debe emitir factura con comprobante fiscal y reportar como ingresos en la declaración IT-1 realizando el pago generado de ITBIS por esa venta?

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Solución oficial

Buenas tardes, Mariela. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que, debe entregarle un comprobante fiscal y reportarlo en el formato 607 e ITBIS como ingreso por el monto total facturado.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. 

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.  

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv 

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII! 

 

Es un placer servirle.