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Comprobante fiscal empresa regimen especial de Zona Franca
Quisiera saber si la emision de un comprobante de compra (para una persona no registrada como contribuyente) tiene que transparentar el 100% del ITBIS si la empresa emisora de este es una zona franca. Como estas estan exentas del pago del ITBIS en sus compras y/o gastos, y el gasto corresponde a un vivienda para un empleado.
El empleado es un expatriado que esta laborando en el pais y vamos a soportar sus gastos de vivienda pero el arrendador no esta registrado formalmente ante la DGII.
Solución oficial
Comunidad de Ayuda de Dirección General de Impuestos Internos
2.1K Mensajes
hace 4 días
Buenos días. ¡Gracias por contactarnos!
En atención a su consulta, le informamos que, si la Zona Franca posee el carnet de exención de ITBIS puede transparentar el ITBIS en 0.00 en el Comprobante de Compras.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial
por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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Comunidad de Ayuda de Dirección General de Impuestos Internos
2.1K Mensajes
hace 4 días
Buenos días. ¡Gracias por contactarnos!
Confirmamos que hemos recibido su consulta y estamos realizando las verificaciones de lugar con el área correspondiente, a fin de dar respuesta en el menor tiempo posible.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:
Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: http://ms.spr.ly/612199P0mx.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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