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miércoles, 5 de junio de 2024 16:16

Cerrado

Comprobante electronioco pago al exterior y formato de envio 609

Buen y bendecido dia.

Quisiera saber si al momento de generar comprobantes electronico de pagos al exterior (E47) debo de seguir realizando el envio del formato 609.

Saludos cordiales,

Solución oficial

Buenas tardes, Dervid. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que, si, los comprobantes para pagos al exterior deben ser reportados en el formato de Compras de Bienes y Servicios (606) y en el Formato de Pagos al Exterior (609).

 

Consideraciones Importantes:

 

Si es un emisor electrónico no tiene la obligación de remitir los formatos de envío de datos 607 y 608.

 

Al registrar un NCF para pagos al exterior en el formato 606, el campo RNC o Cédula debe ser completado con el RNC del contribuyente que emite el comprobante y no se debe incluir la retención del Impuesto Sobre la Renta.

 

La retención que conlleva este tipo de pagos debe ser reportada en la Declaración Jurada y/o Pago de Otras Retenciones y Retribuciones Complementarias (IR-17).

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII.