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Comprobante Electrónico de Compras (Tipo 41)
Buenas tardes
Tengo un servicio de recogida de basura que lo hace una persona fisica, esta persona no tiene registro en la DGII, estaban pensando utilizar el Comprobante Electrónico de Compras (Tipo 41) para registrar estas transacciones.
Dudas
¿debo aplicarle el 18% de impuesto?
¿alguna retención que deba tener en cuenta?
Un saludo
Solución oficial
Comunidad de Ayuda de Dirección General de Impuestos Internos
2.2K Mensajes
hace 21 días
Buenas tardes, Seline. ¡Gracias por contactarnos!
En atención a su consulta, le informamos que, si, puede emitirle un Comprobante Electrónico de Compras (Tipo 41), debe retenerle el 100% de ITBIS y el 2% de ISR por ser un servicio técnico.
Le hacemos la salvedad de que el Servicio de Recogida de Basura esta exento de ITBIS siempre y cuando la actividad económica este registrada en esta DGII, debido a que la persona que le brinda el servicio no esta registrada, la misma estaría gravada.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial
por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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