EA

viernes, 17 de enero de 2025 15:51

Cerrado

Comprobante de único ingreso

Saludos, con relación al uso del comprobante de único ingreso. Es la Dgii que determina el monto que debo poner como ingreso?

O es el contribuyente que pone el monto persibido de sus ventas?

Solución aceptada

Solución oficial

Buenas tardes, Eridania. ¡Gracias por contactarnos!

 

En atención a su consulta, le informamos que, el monto lo determina usted por la cantidad de ventas que haya realizado ese día, debe guardar los recibos que emite en cada venta para sustentar dicho monto.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.

Entiendo, pero esas ventas fueron realizadas en un colmado, osea que no hay recibos para sustentarse 

Buenas tardes, Eridania. ¡Gracias por contactarnos!

 

En atención a su consulta, le informamos que, los colmados hacen unos recibos de talonarios que envían a los clientes, deben quedarse con una copia de eso o hacer dos, uno para el cliente y otro para registro del colmado.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.