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viernes, 14 de julio de 2023 15:15

Cerrado

Compras por internet al exterior y compra a proveedor internacional

Para una empresa jurídica registrada como contribuyente, que se dedica a la venta de software, cual es la forma de reportar los gastos realizados con tarjeta de crédito por compras de bienes o servicios por internet al exterior (ejemplo de estas compras: compra de software, licencias, linkedln, google, microsoft, etc.).

Por otro lado, el proveedor de software que tenemos, que es un proveedor internacional (empresa de Estados Unidos que nos emite una factura internacional), como se deben de reportar las compras que le realizamos (a través de que formulario o formato de envío de datos).

Saludos y gracias anticipadas.

Solución oficial

Buenas tardes. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su inquietud, le informamos que, los pagos efectuados al exterior por la adquisición de bienes intangibles, como la transferencia del derecho de propiedad por parte del desarrollador o propietario del programa de software o página web, deben ser reportados únicamente en el Formato de Pagos al Exterior 609.

 

Importante:

  • Al reportar este tipo de pagos, en la casilla ISR Retenido se deben colocar 0.00.
  • Debe conservar el documento de compra emitido por el proveedor del exterior.
  • En este tipo de pagos no se debe emitir comprobante de pagos al exterior, ya que estos se utilizan para sustentar pagos de rentas gravadas de fuente dominicana a Personas Físicas o Jurídicas no residentes fiscales y en los que se deba realizar la retención total del Impuesto Sobre la Renta (27%), de conformidad con los artículos 297 y 305 del Código Tributario y la adquisición de bienes intangibles no se encuentra sujeta a dicha retención.
  • En caso de no ser una adquisición, debe emitir el referido comprobante fiscal y efectuar la retención de lugar.

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.