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sábado, 26 de febrero de 2022 17:57

Cerrado

COMPRAS INTERNACIONALES

SI UNA PERSONA FISICA NOS BRINDA EL SERVICIO DE GESTION ADUANAL, TRANSPORTE LOCAL PARA LA MERCANCIA COMPRADA EN EL EXTERIOR, ESOS SERVICIOS FORMARAN PARTE DEL COSTO, SE DEBE APLICAR LA RETENCION DEL 10% Y 2% PARA ESA PERSONA REGISTRADA EN LA DGII COMO PERSONA FISICA?

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Solución oficial

Buenos días Amin. Gracias por contactarnos.

 

Las Personas Jurídicas y los Negocios de Único Dueño deben retener el 10% de ISR a las Personas Físicas por prestación de servicios profesionales y el 100% del ITBIS facturado, si el mismo esta gravado.

 

Nota: en su caso si le otorgan una factura global por ambos servicios aplica solo la retención del 10% de ISR.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí (https://es.surveymonkey.com/r/encuesta_satisfaccion_servicio_Comunidad_de_ayuda_DGII_KP3YFC8)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visita: www.dgii.gov.do/ofv

 

Es un placer servirle.