viernes, 24 de febrero de 2023

Cerrado

COMPRAS EN EL EXTERIOR -QUE FORMAN PARTE DEL COSTO DE VENTA-

Buenas tardes,

Tengo una empresa la cual se dedica a comprar partes y piezas en el exterior para la venta en la Republica, siempre pago mis importaciones y las declaro en el IT-1. El punto es que esas facturas extranjeras no las reporto en ningun formulario de la DGII. Dejenme saber si existe alguno. Ya que en el resumen de la DGII del año fiscal para IR-2; de gastos que sustentan el costo de venta, solo me trae los gastos del courier por el manejo aduanal y el servicio de envio, el cual es muy bajo comparado con la facturación del 607.

Me preocupa que la DGII entienda que no tuve gastos (ya que no reporto estas facturas) y que obtuve unas ganancia que no son ciertas.

Como hago para que la DGII me reconozca esas compras en el extranjero como gastos?

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Solución oficial

Buenas tardes, Virginia. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su inquietud, le informamos que, al tratarse de una compra al exterior el tratamiento ante esta Dirección General es el siguiente:

  1. En el IT-1: debe reportar el valor del ITBIS pagado en la importación (no aplica cuando la mercancía es importada vía un courier).
  2. En el ISR (IR-1/ IR-2): debe reportar el gasto incurrido por la adquisición de los bienes importados (el soporte del gasto es la declaración de aduanas (DUA)).
  3. En el Formato 606: el gasto por el servicio de transporte y desaduanización de la mercancía (aplica cuando la mercancía es importada vía un courier).

Importante: Cuando los bienes son importados vía un courier y la declaración aduanal es realizada a nombre del contribuyente, es decir, el courier solo fungió como agente aduanal, el ITBIS pagado en la importación se debe reportar en el IT-1.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.