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Compras de bienes Al exterior
Nosotros realizamos la compra de un equipo a una compañia española para venderlo, debo retener el 27 % Al momento del pago? Cual es la forma de yo colocar este gasto para fines del 606? La compañia que nos realizo la desaduanizacion lo hizo a nombre de nuestra empresa y ellos nos daran una factura por ese tramite con NCF y la compañia española nos dio una factura por la compra del equipo, pero no con NCF porque ellos no tienen su cia aqui sino en españa.
Solución oficial
Patricia Suriel
1.4K Mensajes
hace 6 años
En cuanto a tu segunda inquietud, te indicamos que, la compra de bienes realizada en el exterior debe ser reportada de la siguiente manera:
• En el IT-1: el valor del ITBIS pagado en la importación (no aplica cuando la mercancía es importada vía un courier).
• En el IR-2: debe reportar el gasto incurrido por la adquisición de los bienes importados (el soporte del gasto es la declaración de aduanas).
• En el Formato 606: el gasto por el servicio de transporte y desaduanización de la mercancía (aplica cuando la mercancía es importada vía un courier).
Importante:
Cuando los bienes son importados vía un courier y la declaración aduanal es realizada a nombre del contribuyente, es decir, el courier solo fungió como agente aduanal, el ITBIS pagado en la importación se debe reportar en el IT-1.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
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Heidy Novas
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hace 6 años
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