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Compra y venta de vehículos usados.
Si una empresa que se dedica a la compra y venta de vehículos usados, compra un vehículo a una persona física informal, debe emitir un comprobante de compra para poder compensar ese ITBIS cuando el vehículo sea vendido, aunque dicha compra esta amparada por un acto de venta.


Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
24.1K Mensajes
hace 3 años
Buenos días, José. Gracias por contactarnos.
Le informamos que, todas las operaciones que generen gastos o ingresos para todas las empresas o entidades no importando el monto deben estar soportadas con los Números de Comprobantes Fiscales. Estos son documentos que acreditan la transferencia de bienes, la entrega en uso, y/o la prestación de servicios, los cuales deben cumplir con los requisitos mínimos establecidos por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII).
En atención al caso que nos plantea, debe emitir un Comprobante de Compras (B11) a fin de deducirse costos y/o gastos con valor fiscal, así como el ITBIS pagado.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:
Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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