jueves, 19 de marzo de 2026

compra de vuelo Online

Buenas Tardes,

 una consulta si realizo compra de vuelo aero via  online  puedo reportalo  fiscalmente con un b13? ya que  no me emite factura.

Quedo a espera de Respuesta

Saludos 

Oldest First
Selected Oldest First

Solución oficial

Buenas tardes, Luisiana. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que la emisión del Comprobante para Gastos Menores (B13) aplica cuando un empleado efectúa el pago, en ocasiones de las actividades relacionadas con su trabajo, y luego este pago es asumido por el empleador. No obstante, en caso de que el contribuyente esté incurriendo directamente en este gasto, el tipo de comprobante con el que deberá sustentar la transacción es el Comprobante para Pagos al Exterior (B17), efectuando la retención del 27%, correspondiente a Impuesto Sobre la Renta. 

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.

(Editado)

Buenas tardes,

¿Cómo se puede realizar una retención a una compra efectuada vía online, cuyo medio de pago es tarjeta de crédito?

Asimismo, ¿podría indicarme cuál es la normativa que sustenta que la compra de un vuelo vía online conlleva la retención del 27%? De igual forma, agradecería su orientación sobre cómo debe procederse para gravar correctamente este tipo de compra.

Quedo atenta a sus comentarios.

Saludos cordiales,

hace 1 mes

Buenas tardes,

¿Cómo se puede realizar una retención a una compra efectuada vía online, cuyo medio de pago es tarjeta de crédito?

Asimismo, ¿podría indicarme cuál es la normativa que sustenta que la compra de un vuelo vía online conlleva la retención del 27%? De igual forma, agradecería su orientación sobre cómo debe procederse para gravar correctamente este tipo de compra.

Quedo atenta a sus comentarios.

Saludos cordiales,

Buenos Dis 

Me permito expresar que la información indicada anteriormente me resulta poco clara, ya que no comprendo cómo sería posible aplicar una retención a una compra realizada de manera online, específicamente en plataformas como Amazon o Arajet.

En ese sentido, agradecería su orientación para entender si existe algún procedimiento viable para estos casos. En caso de que sí sea posible, le solicito amablemente indicarme la forma correcta de proceder.

Buenos días. Gracias por contactarnos.

 

Confirmamos que hemos recibido su consulta y nos encontramos trabajando con el objetivo de dar respuesta. Tan pronto como sea posible estaremos respondiendo su consulta por esta vía.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.

Buenas tardes, Luisiana. Disculpe la demora.

 

La vía a través de la cual coordine con el proveedor dependerá de los medios de contacto que este tenga disponibles, por lo que no es un detalle que puede ser proporcionado por nosotros como información general.


Es decir, es necesario que se comunique con el proveedor a través de las vías que este tenga disponibles para plantear el caso y coordinar la manera en que se efectuará la retención.


Es importante aclarar que Arajet es una línea aérea con domicilio en República Dominicana, por lo que, en casos como este, corresponderá al proveedor la emisión del comprobante. De igual forma, la vía a través de la cual soliciten a la aerolínea el tipo de comprobante que requieren, así como el momento que corresponda hacerlo, deberá ser coordinado con dicha aerolínea.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.

(Editado)