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Compra de Vehículo
Buenas noches,
Tengo una empresa que cierra al 31 de marzo que aún no ha realizado el cierre, pero me informa que en noviembre del año pasado compraron un camión a nombre de la empresa pero no lo reportaron porque no tenía factura con comprobante fiscal, pero sí registraron la matrícula a nombre de la empresa, quiero saber como aún no se ha cerrado el año si se puede reportar esa compra como un gasto menor, ya que es un activo que tiene la empresa.
Quedo atenta a su respuesta.
Saludos cordiales!
Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
21.9K Mensajes
hace 2 años
Buenos días, Maridalia. Gracias por contactarnos.
En atención a su consulta, le informamos que, todas las operaciones que generen gastos o representan ingresos para todas las empresas o entidades no importando el monto deben estar soportadas con los Números de Comprobantes Fiscales, por consiguiente, si la adquisición de este activo no se encuentra sustentada en una factura con Número de Comprobante Fiscal (NCF), no podrá ser deducible del Impuesto sobra la Renta (ISR) en virtud del literal e), artículo 288 del Código Tributario.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:
Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial
por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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