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Compra de un local comercial
Estamos evaluando comprar un local comercial, pero el dueño, es una persona física que no es contribuyente en DGII; en caso de comprarlo:
Cómo debo reportar esta compra ante la DGII? Tengo que hacer una factura con NCF de compras? Esto lleva ITBIS?
Se debe reportar en formato 606?
Lo otro sería, como hay una transferencia de inmueble, esto queda registrado en DGII; simplemente con tener este registro y el expediente en archivo, con su contrato de compra, recibos de pagos, entre otros; queda como aval sin necesidad de emitir factura?
Quedo atenta. Gracias!
Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
22.9K Mensajes
hace 1 año
Buenos días. ¡Gracias por contactarnos!
En atención a su requerimiento, le informamos que, la emisión o no de un NCF en venta o adquisición de bienes amparado en actos de venta notariados va a depender de las partes involucradas y las condiciones en la que este se realice. En este sentido, le exhortamos realizar una consulta técnica vinculante a fines de determinar si aplica la emisión de NCF, si se debe reportar dicho gasto en el Formato 606 y bajo que categorización se estaría registrando el mismo.
Dicho esto, para obtener una respuesta vinculante por parte de esta Dirección General, le recomendamos realizar una consulta técnica, depositando en el Centro de Asistencia al Contribuyente de la Sede Central o en el área de información de la Administración Local más cercana, el siguiente documento:
Formulario de Solicitud de Consultas Técnicas (FI-GLEGA-004) llenado y firmado (en el caso de Personas Jurídicas debe estar llenado, firmado y sellado).
Nota: El consultante o su representado debe tener un interés personal y directo sobre la aplicación de la ley a una situación concreta de carácter tributario, también debe exponer con claridad y precisión todos los elementos constitutivos de la situación planteada que motiva su consulta, es decir, indicando de manera expresa la empresa o contribuyente que directamente presenta la situación consultada, con datos exactos, claros y precisos sobre la situación, las operaciones o actividades que se efectúan en la situación, los impuestos sobre los cuales se consulta o las obligaciones fiscales que pueden derivarse. De igual manera puede indicar y fundamentar su opinión al respecto, así como anexar los documentos en que se fundamenta la consulta o sustenten su posición.
¡Su experiencia en el servicio es importante para nosotros!
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial
por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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