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Compra de TV para amueblar salón de conferencia. Empresa zona franca
Somos una empresa de zona franca, estamos realizando compra para el debido equipamiento del salón de conferencia y dentro de esto debemos hacer la adquirencia de unt TV.
Basandonos en la circular 1075 punto 11 indica lo siguientes: "Electrodomésticos enseres, muebles y sus partes (excepto muebles y equipos de oficina), lámparas, alfombras y ropa de cama", en este caso la TV para nosotros es parte del mobiliario, podemos comprar con el carnet?
Solución oficial
Comunidad de Ayuda de Dirección General de Impuestos DGII
14.4K Mensajes
hace 3 meses
Buenas tardes, Elizabeth. Gracias por contactarnos.
En atención a su consulta, le informamos que, puede solicitar la compra o la prestación de servicios con la exención de algún rubro de los descritos en la Circular, cuando haya una causa justificable, a través del Ministerio de Hacienda aportando la documentación que esa entidad le requiera. Asímismo, le recordamos que las compras de bienes y servicios adquiridos con el carné de exención del ITBIS deberán estar vinculadas directamente con las actividades operativas y productivas de las empresas.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:
Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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Laura Elizabeth Martinez Rivera
13 Mensajes
hace 3 meses
A mi entender no es la correcta respuesta en base al citado segun la circular y en base a la ejecución.
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