Perfil de Laura Elizabeth Martinez Rivera

martes, 7 de marzo de 2023 20:08

Cerrado

Compra de TV para amueblar salón de conferencia. Empresa zona franca

Somos una empresa de zona franca, estamos realizando compra para el debido equipamiento del salón de conferencia y dentro de esto debemos hacer la adquirencia de unt TV. 

Basandonos en la circular 1075 punto 11 indica lo siguientes: "Electrodomésticos enseres, muebles y sus partes (excepto muebles y equipos de oficina), lámparas, alfombras y ropa de cama", en este caso la TV para nosotros es parte del mobiliario, podemos comprar con el carnet?

Solución oficial

Buenas tardes, Elizabeth. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que, puede solicitar la compra o la prestación de servicios con la exención de algún rubro de los descritos en la Circular, cuando haya una causa justificable, a través del Ministerio de Hacienda aportando la documentación que esa entidad le requiera. Asímismo, le recordamos que las compras de bienes y servicios adquiridos con el carné de exención del ITBIS deberán estar vinculadas directamente con las actividades operativas y productivas de las empresas.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.

hace 1 año

A mi entender no es la correcta respuesta en base al citado segun la circular y en base a la ejecución.

Buenas tardes, Elizabeth. Gracias por contactarnos.

 

Para obtener una respuesta vinculante por parte de esta Dirección General sobre el tratamiento fiscal de la citada transacción, le convidamos a que realice una consulta técnica, depositando en el Centro de Asistencia al Contribuyente de la Sede Central o en el área de información de la Administración Local más cercana, el siguiente documento:

  1. Formulario de Solicitud de Consultas Técnicas (FI-GLEGA-004) llenado y firmado (en el caso de Personas Jurídicas debe estar llenado, firmado y sellado).

Nota: El consultante o su representado debe tener un interés personal y directo sobre la aplicación de la ley a una situación concreta de carácter tributario, también debe exponer con claridad y precisión todos los elementos constitutivos de la situación planteada que motiva su consulta, es decir, indicando de manera expresa la empresa o contribuyente que directamente presenta la situación consultada, con datos exactos, claros y precisos sobre la situación, las operaciones o actividades que se efectúan en la situación, los impuestos sobre los cuales se consulta o las obligaciones fiscales que pueden derivarse. De igual manera puede indicar y fundamentar su opinión al respecto, así como anexar los documentos en que se fundamenta la consulta o sustenten su posición.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.