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martes, 29 de abril de 2025 16:29

Cerrado

compensar saldo a favor ITBIS

Hola, 

Como puedo solicitar la compensación de un saldo a favor en ITBIS para pago de Anticipo?

Saludos 

Solución oficial

Buenas tardes, Mary. ¡Gracias por contactarnos!

 

En atención a su consulta, le informamos que, para solicitar  la compensación de un saldo a favor de un impuesto contra otro debe depositar en el Centro de Asistencia Presencial de la sede central o en las áreas de información de las Administraciones Locales los siguientes documentos:

 
  1. Formulario Solicitud Compensación de Saldo a favor (FI-DCRCO-005) llenado y firmado (en el caso de Personas Jurídicas debe estar llenado, firmado y sellado). 
  2. Poder de autorización, en caso de Personas Físicas o Carta de autorización timbrada, firmada y sellada en caso de Personas Jurídicas (aplica en caso de que sea un apoderado o representante que realice la solicitud).

Importante:

  • La compensación del saldo a favor aplica entre los siguientes impuestos:

    • Impuesto Sobre la Renta (ISR) con Impuesto a los Activos y viceversa.
    • Impuesto Sobre la Renta (ISR) con Anticipos.
    • Impuesto a los Activos con Anticipos.
    • IPI con IPI.

  • En el caso de la compensación de saldo a favor entre otros impuestos, como el ITBIS (si el contribuyente no es exportador), el crédito a ser compensado debe ser sometido a un proceso de auditoría, es decir, debe ser cierto, líquido y exigible, sin discriminar el periodo en que se genere tanto el saldo como la deuda.

  • Serán exceptuada de esta solicitud la compensación de Impuesto Sobre la Renta con Impuesto al Patrimonio Inmobiliario.

Tiempo de respuesta: 
25 días laborables.

  • Anticipos con ISR o ISA de periodo hábil: 5 días laborables.
  • ISR con ISA de periodo hábil: 7 días laborables