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Compensación itbis en importación persona física
Saludos,
Si una persona física que tiene saldo de itbis en importaciones en los años 2021, 2022 y 2023 y esta inscrito en DGII con el código 990020 de empleado y asalariado como puede compensarse ese ITBIS?
¿Tiene esta persona que inscribirse como persona física en alguna modalidad o como persona jurídica?
¿Puede esta persona después de inscrito facturar a una empresa esas mercancías importadas con itbis?


Solución oficial
Comunidad de Ayuda de Dirección General de Impuestos Internos
7.6K Mensajes
hace 4 meses
Buenos días, Ran. ¡Gracias por contactarnos!
Para obtener una respuesta vinculante, le recomendamos comunicarse con el área de Fiscalización de la Administración Local que le corresponde, ya que esta es la encargada de instruir a los contribuyentes sobre el correcto procedimiento a llevar a cabo para las presentaciones de las transacciones contables en esta Dirección General, además de orientar sobre el correcto llenado y cálculos que poseen los formularios y Declaraciones Juradas.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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