Buenas tardes, Crisshian. Gracias por contactarnos.
Para solicitar el reembolso del saldo a favor de un impuesto (ISR, ITBIS, entre otros) mientras se encuentra en proceso de disolución debe:
Paso 1:
Requerir la fiscalización para que el crédito sea cierto, líquido y exigible, depositando en el Centro de Asistencia Presencial de la Sede Central o en el área de información de la Administración Local correspondiente el siguiente documento:
1.Carta de solicitud firmada (en el caso de Personas Jurídicas debe estar timbrada, firmada y sellada)
Paso 2:
Una vez fiscalizado, puede depositar en el Centro de Asistencia al Contribuyente de la sede central o al área de Información o Centro de Asistencia de la Administración Local del contribuyente, los siguientes documentos:
1.Carta de solicitud timbrada, firmada y sellada.
2.Resolución de la Gerencia Registro y Actualización de Informacion de Contribuyentes.
3.Resolución de Determinación de la Obligación Tributaria (aplica si el periodo solicitado ha sido auditado).
4.Notificación del resultado de la fiscalización.
5.Anexos que sustenten la solicitud.
Consideraciones importantes:
·Estas solicitudes deben realizarse luego de concluido el proceso de disolución.
·Solo si el beneficiario se encuentra en el interior o fuera del país y anexa una certificación bancaria o printer con los datos personales y de la cuenta, se le aplicará el reembolso mediante transferencia bancaria, en los demás casos el reembolso será realizado mediante cheque.
·El reembolso será realizado mediante cheque. Solo si el beneficiario se encuentra en el interior o fuera del país y anexa una certificación bancaria o printer con los datos personales y de la cuenta, se le aplicará el reembolso mediante transferencia bancaria.
En caso de hacer referencia a una compensación el saldo a favor generado en las declaraciones juradas a las que se encuentra obligado debe ser transferido a los periodos siguientes hasta que se agote, colocándolo en la casilla Saldo a Favor Anterior del formulario de declaración.
El contribuyente no podrá utilizar este saldo para compensar impuestos retenidos.
En caso de que se genere un saldo a favor en la cuenta de retención, producto de un pago en exceso de ITBIS Retenido, el contribuyente deberá compensarlo, en la cuenta de operaciones colocándolo en la casilla Saldo a Favor Anterior del IT-1 de los periodos siguientes hasta que se agote el saldo.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
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hace 1 año
Buenas tardes, Crisshian. Gracias por contactarnos.
Para solicitar el reembolso del saldo a favor de un impuesto (ISR, ITBIS, entre otros) mientras se encuentra en proceso de disolución debe:
Paso 1:
Requerir la fiscalización para que el crédito sea cierto, líquido y exigible, depositando en el Centro de Asistencia Presencial de la Sede Central o en el área de información de la Administración Local correspondiente el siguiente documento:
1. Carta de solicitud firmada (en el caso de Personas Jurídicas debe estar timbrada, firmada y sellada)
Paso 2:
Una vez fiscalizado, puede depositar en el Centro de Asistencia al Contribuyente de la sede central o al área de Información o Centro de Asistencia de la Administración Local del contribuyente, los siguientes documentos:
1. Carta de solicitud timbrada, firmada y sellada.
2. Resolución de la Gerencia Registro y Actualización de Informacion de Contribuyentes.
3. Resolución de Determinación de la Obligación Tributaria (aplica si el periodo solicitado ha sido auditado).
4. Notificación del resultado de la fiscalización.
5. Anexos que sustenten la solicitud.
Consideraciones importantes:
· Estas solicitudes deben realizarse luego de concluido el proceso de disolución.
· Solo si el beneficiario se encuentra en el interior o fuera del país y anexa una certificación bancaria o printer con los datos personales y de la cuenta, se le aplicará el reembolso mediante transferencia bancaria, en los demás casos el reembolso será realizado mediante cheque.
· El reembolso será realizado mediante cheque. Solo si el beneficiario se encuentra en el interior o fuera del país y anexa una certificación bancaria o printer con los datos personales y de la cuenta, se le aplicará el reembolso mediante transferencia bancaria.
En caso de hacer referencia a una compensación el saldo a favor generado en las declaraciones juradas a las que se encuentra obligado debe ser transferido a los periodos siguientes hasta que se agote, colocándolo en la casilla Saldo a Favor Anterior del formulario de declaración.
El contribuyente no podrá utilizar este saldo para compensar impuestos retenidos.
En caso de que se genere un saldo a favor en la cuenta de retención, producto de un pago en exceso de ITBIS Retenido, el contribuyente deberá compensarlo, en la cuenta de operaciones colocándolo en la casilla Saldo a Favor Anterior del IT-1 de los periodos siguientes hasta que se agote el saldo.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:
Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)
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Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
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Es un placer servirle.
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