Perfil de David Medrano

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miércoles, 20 de abril de 2022

Cerrado

Compensación de perdidas años anteriores

En cuál anexo y/o casilla del IR2 se coloca la porción de pérdidas de años anteriores de personas jurídicas,  a compensar con gamacias actuales?

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Solución oficial

Buenas tardes David. Gracias por contactarnos.

 

Se debe completar en el anexo E del IR-2.

 

Le exhortamos visualizar el instructivo de llenado a través del siguiente enlace:

 

Instructivo IR-2 (dgii.gov.do)

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí (https://es.surveymonkey.com/r/encuesta_satisfaccion_servicio_Comunidad_de_ayuda_DGII_KP3YFC8)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visita: www.dgii.gov.do/ofv

 

Es un placer servirle.