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Como soportar fiscalmente el pago de de intereses por ordenanza de una Sentencia?
Buenas Tardes estimados!
Planteamiento del Problema:
En el año 2017 se adquirió una mercancía a una empresa, la factura emitida indicaba que luego de pasado los 30 días de dicha factura, la misma sería generadora de un 3% de interés mensual, al cabo de los dos meses se le emitió un cheque a la empresa que vendió la mercancía por el valor de la factura, pero esta no lo quiso recibir, porque exigía el pago del 3% mensual correspondiente a los 2 meses vencidos.
La compradora no reconoció dichos intereses y por ende la vendedora de la mercancía entregó el caso en manos de sus abogados. Luego de 8 años en los tribunales se ha emitido una sentencia que le da ganancia de causa a la vendedora de la mercancía, obligando a la compradora al pago de RD$3,350,000.00 por concepto de intereses dejados de pagar durante el tiempo transcurrido que corresponde a 8 años.
La inquietud es la siguiente:
1. Para fines de que el pago de los RD$3,350,000.00 sea deducible de ISR, es suficiente que el pago que se realice esté soportado por la sentencia o en su defecto debe la empresa que va a recibir el pago emitir una factura con NCF?
2. Otra forma sería, teniendo yo la sentencia, y sí la empresa no me emite una factura con NCF, podría entonces emitir un gasto menor y soportar el mismo con la sentencia?
Estas son las inquietudes que tengo con relación a este caso, quedo pendiente a su respuesta.


Solución oficial
Comunidad de Ayuda de Dirección General de Impuestos Internos
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hace 4 meses
Buenos días, Eliezer. ¡Gracias por contactarnos!
Para obtener una respuesta vinculante, le recomendamos comunicarse con el área de Fiscalización de la Administración Local que le corresponde, ya que esta es la encargada de instruir a los contribuyentes sobre el correcto procedimiento a llevar a cabo para las presentaciones de las transacciones contables en esta Dirección General, además de orientar sobre el correcto llenado y cálculos que poseen los formularios y Declaraciones Juradas.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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