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jueves, 19 de diciembre de 2024 16:06

Como solicitar un rcn

Puedo solucitar un RCN personal en linea o tengo q ir a una oficina  de dgii?

Solución oficial

Buenas tardes, Pedro. ¡Gracias por contactarnos!

 

En atención a su consulta, le informamos que, puede solicitar la incorporación al RNC como Persona Física, a través de las siguientes vías:


Por la Oficina Virtual, llevando a cabo los siguientes pasos:
  1. Ingrese a la Oficina Virtual DGII.
  2. En el menú ubicado en la parte superior izquierda, seleccione la opción de Inscripción y Actualización al RNC.
  3. En el campo Tipo de Solicitud, seleccione Inscripción al RNC y elija la opción Persona Física del listado disponible en el campo Inscripción al RNC.
  4. En el campo RNC/Céduladigite número de su Cédula de Identidad y Electoral sin guiones y pulse el botón Siguiente.
  5. Complete el formulario que visualizará en pantalla. En caso de que desee acogerse al Régimen Simplificado de Tributación coteje la casilla ¿Desea acogerse al RST? disponible en la sección Actividad Económica y presione el botón Guardar Cambios en cada una de las secciones que componen el formulario.
  6. Marque con un cotejo en Acepto los Términos y Condiciones y la casilla ¿Desea crear Oficina Virtual? para que le sea creado el acceso a la Oficina Virtual y pulse en Verificar y Continuar.
  7. Adjunte los documentos, según aplique y pulse el botón Procesar Cambios.
  8. Visualizará en pantalla un resumen con los datos colocados, escoja el medio de contacto (teléfono o correo electrónico) para la validación del proceso y presione el botón Enviar.
  9. Inserte el código que recibirá a través del medio de contacto elegido y pulse la opción Validar.
  10. Visualizará en pantalla un mensaje indicándole que su solicitud fue procesada y el número de la misma para fines de seguimiento, presione el botón Aceptar.
  11. Dentro del plazo indicado, al correo electrónico proporcionado le será remitido un mensaje, acompañado de un enlace para que imprima el formulario, lo firme y remita a la cuenta de correo: incorporacion-rnc@dgii.gov.do.
  12. Cuando la solicitud sea trabajada, recibirá un mensaje en su buzón de la Oficina Virtual con el link para descargar el acta de incorporación, si la solicitud fue aprobada. En caso de que la solicitud haya sido rechazada, el mensaje contendrá los motivos del rechazo.

Importante:

  • En caso de tener requisitos pendientes el sistema le dará una alerta, indicándole que estos deben ser completados.
  • En caso de querer efectuar alguna corrección a los campos llenados, debe pulsar la opción Rechazar Cambios.
  • La copia de la Cédula de Identidad y Electoral debe ser adjuntada de manera obligatoria.
  • La incorporación al RNC es aprobada cuando el contribuyente remite vía correo electrónico el formulario firmado, para lo cual tiene un plazo de 30 días. Luego de remitido el formulario firmado por el contribuyente, el acta definitiva será remitida en un plazo de 24 horas.
  • Si el contribuyente no envía el formulario firmado dentro del plazo establecido, la solicitud será desestimada.
  • Si el contribuyente no tiene habilitada la Oficina Virtual, el acta será enviada al correo electrónico proporcionado en la solicitud o podrá ser retirada en su Administración Local.
  • El contribuyente visualizará las obligaciones que se le activarán de acuerdo a las actividades económicas seleccionadas.
  • La solicitud de acogencia al RST realizada desde el formulario de inscripción en línea, será verificada por el Departamento de RST una vez la inscripción al RNC haya sido aprobada y la respuesta será remitida al Buzón de la Oficina Virtual (en caso de disponer de una), o al correo electrónico registrado en un tiempo aproximado de 15 días laborables.

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.