Perfil de Oscar Ureñá

66 Mensajes

viernes, 26 de abril de 2019

Cerrado

Como se registra (ya sea en el IR-2 o en el 606) el gravamen y otros gastos aduanales?

A ver si alguien me ayuda:
Como puedo registrar el pago a aduanas por gravámenes, tasa de servicio DGA y los RD100 que se pagan en cada importación??

- Debo declarar estos conceptos en el Anexo D del IR-2 y sumarlos al costo de la mercancía (CIF o FOB)?

- Debo hacer un NCF de gasto menor?

Les agradezco la atención y la ayuda.
Oldest First
Selected Oldest First

Solución oficial

1.4K Mensajes

hace 7 años

Buenas tardes Oscar. Te recomendamos dirigirte o comunicarte al área de Fiscalización Interna de la Administración Local a la que perteneces, a fin de que te puedan ofrecer la asistencia requerida sobre el llenado de la declaración.

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

77 Mensajes

hace 7 años

Estimado, Sr. Areña

Estos gastos deben estar en  el renglon de gastos  (531) por impuestos y tasas liquidadas en la importacion del mercancia el cual forma parte del costo de la mercancia

Para mayor informacion por asunto de espacio y tiempor, nos puede llamar al 809-617-9560

Atte,

Franklin V

66 Mensajes

Buenas Franklin, agradezco tu ayuda,
Comprendo que ese gravamen y otros pagos a aduanas son parte del costo de la importación, mi duda es cómo reportar esos montos, en cuál anexo del IR-2, o si debo reportarlo en el 606 generando un NCF de gasto menor, o qué debo hacer??
Alternativa 
a- Lo primero que debes identificar es el origen del proveedor si es local deberas considerarlo en el 606, si no te entregan NCF que por ley deberian emitir, pero algunas instituciones gubernamentales no lo hacen lo procesa como gasto menor, o factura de consumo cuando como por ejemplo realiza pago algunos trabajadores que intervienen en el desmonte de mercancias, o transportiras externo no registrado en la DGII y no empleados. 

b-En cuanto a los recibos pagados aduanales los cuales a la hora de liquidar la mercancia han de pasar al inventario, por tanto, si te das cuenta no son gastos sino costos, y se han de contemplar en los estados de Ganancias o perdidas cuando dicha mercancias se venda y se ha de reportar en el anexo B-1...y puedes pasar de un periodo a otro para que eso se ejecute, poreso 

66 Mensajes

hace 7 años

Buenas Pedro, gracias por tu ayuda,
Te voy a plantear mi duda de una mejor manera:



Fíjate en la imagen, es una liquidación de aduanas, quiero saber: donde colocar el monto pagado por Gravamen? y donde colocar el monto pagado por Tasa Servicio Aduanero?.
Esto no tiene NCF debido a que es la liquidación de aduanas.
En caso de que esto se coloque en el IR-2, quiero saber en cuál anexo es que vá?
Espero me puedan ayudar.