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lunes, 3 de marzo de 2025

Cerrado

como se factura El servicio de diseño grafico y costura realizados por personas físicas (Proveedor informal)

una persona física me brinda servicio de costura (solo la costura ) le envió las piezas cortadas.

otra persona física me brinda servicios de diseño grafico .

ninguno de los dos están habilitados por DGII para emitir comprobantes con valor fiscal.

Como debo facturar y que impuestos debo colocar?

Gracias por su atención. 

 

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Solución oficial

Buenas tardes, Jheni. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que, para sustentar gastos con un proveedor no registrado, se deberá emitir un Número de Comprobante Fiscal (NCF) de compras. En el caso del servicio de costura, corresponde retener un 2 % del Impuesto sobre la Renta (ISR) y el 100 % del ITBIS facturado. Por otro lado, para el servicio de diseño gráfico, se debe retener un 10 % del ISR y el 100 % del ITBIS facturado.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII.

 

Es un placer servirle.