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como se deben reportar las compras en plataformas digitales las agencias de viajes.
como se deben reportar para fines de compras y gastos las compras en plataformas digitales internacionales no residentes en el país por parte de las agencias de viajes cuando compran reservaciones de hoteles por dichas plataformas tanto de hoteles locales como internacionales.?


Oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
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hace 1 mes
Buenos días, Alvaro. Gracias por contactarnos.
En atención a su consulta, le informamos que los gastos en servicios pagados al exterior sujetos a la retención de Impuestos Sobre la Renta, deben sustentarse en comprobantes de pagos al exterior (B16 o E46).
Para conocer cómo reportar este tipo de comprobantes, le invitamos a acceder a la pregunta de esta comunidad que contiene la información detallada, haciendo clic en el siguiente enlace: CA4049 ¿En cuáles formatos debo reportar los comprobantes para pagos al exterior?
En cuanto a los pagos a través de plataformas digitales que correspondan a proveedores locales, deberá solicitar a dichos proveedores que la facturación se haga en el tipo de comprobante que necesite, a través de las vías y en los plazos que el proveedor disponga para estos fines. De este modo, deberá reportar estos pagos de la manera habitual.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial
por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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