Perfil de Vimedi Cruz

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viernes, 25 de octubre de 2019 12:12

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¿como se calculan recargo, intereses y mora del ITBIS?

si por ejemplo, tengo que pagar a la DGII 2,360,000.00 pero tengo 4 meses de retraso, ¿como se calculan los 10% de recargo por mora sobre el valor del impuesto por el primer mes o fracción de mes, y un 4% progresivo e indefinido por cada mes o fracción de mes subsiguiente, además de un 1.10% acumulativo de interés indemnizatorio por cada mes o fracción de mes?

Solución oficial

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hace 6 años

Buenos días, Vimedi. Te recomendamos consultar con el área de fiscalización de la administración local que te corresponde, ya que es la encargada de instruir a los contribuyentes sobre el llenado adecuado de formatos, formularios, declaraciones juradas y los cálculos que estas poseen.

Para conocer a cuál administración local perteneces puedes comunicarte a nuestro Centro de Contacto DGII (809) 689-3444 Santo Domingo, y sin cargos, al resto del país al 1(809)200-6060. De lunes a viernes de 8:00 A.M. a 5:00 P.M. y sábados de 8:00 A.M. a 12:00 P.M.

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

hace 6 años

Ver Monto en base a la calculadora de la DGII

https://dgii.gov.do/servicios/calculadoras/Paginas/Recargos.aspx


Datos del cálculo

Seleccionar el Impuesto   Seleccione el tipo de Impuesto  IR1 - IMPUESTO A LA RENTA PER. FIS.  IR2 - IMPUESTO A LA RENTA SOCIEDADES  ITB - ITBIS 

Seleccionar el Mes    Seleccione el mes  enero  febrero  marzo  abril  mayo  junio  julio  agosto  septiembre  octubre  noviembre  diciembre 

Seleccionar el Año  2019
Introduzca el monto impuesto RD$2,360,000.00 

Introduzca la fecha de pago prevista  25/10/2019


Resultados del cálculo

Nombre del impuesto ITBIS

Recargos RD$519,200.00
Interés RD$103,840.00
Monto del impuesto RD$2,360,000.00
Fecha de vencimiento original 22/07/2019
Fecha de vencimiento próxima 20/11/2019
Meses en mora 4
Total RD$2,983,040.00

Base Legal Recargos: Art: 252 del Código Tributario, modificado por el Art. No. 1 de la Ley 147-00 d/f 27/12/2000, que establece un 10% para el primer mes o fracción de mes y un 4% adicional por cada mes o fracción de mes subsiguientes.

Base Legal Interés Indemnizatorio: Art. 27 del Código Tributario, que establece el pago de un interés indemnizatorio del 30% por encima de la tasa efectiva de interés fijada por la Junta Monetaria por cada mes o fracción de mes en mora. En la actualidad esta tasa es de 1.1% por cada mes o fracción de mes en mora.

28 Mensajes

hace 6 años

muchas gracias, ¿hay alguna manera manual que usted sepa?

28 Mensajes

hace 6 años

Muchas gracias

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