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¿Como se calcula el monto a pagar de ISR en el IR-1 cuando no se utiliza la exención contributiva?
Saludos amigos de la comunidad.
Mi pregunta es la siguiente: ¿Como se calular el ISR a pagar en el formulario IR-1, cuando se presentan gastos y no se utliza la excención contributiva?
Por ejemplo, tengo una renta neta imponible de RD$ 1,416,999.18 en la casilla 10 del IR-1, y la casilla 11 de impuesto liquidado me da a pagar RD$ 279,677.20.
Si divido 279,677.20 / 1,416,999.18 y lo multiplico por 100, obtengo un porcentaje de 19.78%.
¿Cual es el porcentaje que se está aplicando y en base a que?
Solución oficial
OTM .
2.3K Mensajes
hace 4 años
Buenas tardes Pablo. Gracias por escribirnos.
Para aquellos contribuyentes con contabilidad organizada que presenten deducciones sobre los gastos propios del negocio, el impuesto se determina sobre la Renta Neta Imponible, sus costos y gastos deben ser enviados en el Formato de Envío 606 de manera obligatoria.
En el Impuesto Sobre la Renta de Personas Físicas existen tasas progresivas que van desde un 15%, 20%, hasta un 25%, según la escala actual. Puede verificar el detalle de la escala actual y ejemplos ingresando a nuestra Revista de ISR para Persona Física en el siguiente enlace:
Revista ISR copy (dgii.gov.do)
Para más detalles del llenado, le recomendamos comunicarse directamente ante el área de Fiscalización de la Administración Local que le corresponde, ya que esta es la encargada de instruir a los contribuyentes sobre el correcto procedimiento a llevar a cabo para las presentaciones de las transacciones contables en esta Dirección General, además de orientar sobre el correcto llenado y cálculos que poseen los formularios y Declaraciones Juradas.
En vista del estado de emergencia declarado por el COVID-19 hemos tomado medidas referentes a la asistencia presencial en algunas de nuestras oficinas (requerimientos mediante citas), por lo que, le recomendamos verificar el correo electrónico de la administración local que le corresponde, consultando el Aviso 63-20:
Tomar en cuenta, que las siguientes administraciones locales no necesitan citas previas y puede visitarla en horario acostumbrado de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m.
Para conocer a cuál administración local pertenece puede comunicarse a nuestro Centro de Contacto DGII (809) 689-3444 Santo Domingo. De lunes a viernes de 8:00 A.M. a 6:00 P.M. y sábados de 8:00 A.M. a 12:00 P.M.
También puede visualizar el Instructivo de llenado del IR-1 ingresando al siguiente enlace:
Instructivo Llenado del Formulario IR-1 y anexos M2 copy (dgii.gov.do)
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visita: www.dgii.gov.do/ofv
Es un placer servirle, Pablo.
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