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lunes, 22 de abril de 2024 15:00

Cerrado

Como reportar ventas sencilla sin contables

Tengo un puesto de desayunos en la calle, hay  una empresa cerca que me quiere comprar 30 desayunos diarios pero ellos solo compran con comprobantes fiscal.  como yo puedo registrarme con persona ficica y sacar comprobante fiscales para yo poder facturar mis desayunos con comprobante fiscal pero que no sea dificil reportar yo mismo mensualmente, por que no tengo dinero para pagar contable y en la web de la dgi lo veo muy complicado todo,  cual es la forma mas facil y regimen para los tontos como yo que no sabemos nada de reporte mensual a la dgi y calculos de impuesto sobre la renta anual, alguien que me aconseje por favor

Gracias

Solución oficial

Buenas tardes, Marcos. ¡Gracias por contactarnos!

 

Confirmamos que hemos recibido su consulta y estamos realizando las verificaciones de lugar con el área correspondiente, a fin de dar respuesta en el menor tiempo posible.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII.

 

Buenas tardes, Marcos. ¡Gracias por contactarnos!

 

En atención a su consulta, le informamos que, puede solicitar la incorporación al RNC como Persona Física, a través de las siguientes vías:


Por la Oficina Virtual, llevando a cabo los siguientes pasos:
  1. Ingrese a la Oficina Virtual DGII.
  2. En el menú ubicado en la parte superior izquierda, seleccione la opción de Inscripción y Actualización al RNC.
  3. En el campo Tipo de Solicitud, seleccione Inscripción al RNC y elija la opción Persona Física del listado disponible en el campo Inscripción al RNC.
  4. En el campo RNC/Cédula, digite número de su Cédula de Identidad y Electoral sin guiones y pulse el botón Siguiente.
  5. Complete el formulario que visualizará en pantalla. En caso de que desee acogerse al Régimen Simplificado de Tributación coteje la casilla ¿Desea acogerse al RST? disponible en la sección Actividad Económica y presione el botón Guardar Cambios en cada una de las secciones que componen el formulario.
  6. Marque con un cotejo en Acepto los Términos y Condiciones y la casilla ¿Desea crear Oficina Virtual? para que le sea creado el acceso a la Oficina Virtual y pulse en Verificar y Continuar.
  7. Adjunte los documentos, según aplique y pulse el botón Procesar Cambios.
  8. Visualizará en pantalla un resumen con los datos colocados, escoja el medio de contacto (teléfono o correo electrónico) para la validación del proceso y presione el botón Enviar.
  9. Inserte el código que recibirá a través del medio de contacto elegido y pulse la opción Validar.
  10. Visualizará en pantalla un mensaje indicándole que su solicitud fue procesada y el número de la misma para fines de seguimiento, presione el botón Aceptar.
  11. Dentro del plazo indicado, al correo electrónico proporcionado le será remitido un mensaje, acompañado de un enlace para que imprima el formulario, lo firme y remita a la cuenta de correo: incorporacion-rnc@dgii.gov.do.
  12. Cuando la solicitud sea trabajada, recibirá un mensaje en su buzón de la Oficina Virtual con el link para descargar el acta de incorporación, si la solicitud fue aprobada. En caso de que la solicitud haya sido rechazada, el mensaje contendrá los motivos del rechazo.

Importante:

  • En caso de tener requisitos pendientes el sistema le dará una alerta, indicándole que estos deben ser completados.
  • En caso de querer efectuar alguna corrección a los campos llenados, debe pulsar la opción Rechazar Cambios.
  • La copia de la Cédula de Identidad y Electoral debe ser adjuntada de manera obligatoria.
  • La incorporación al RNC es aprobada cuando el contribuyente remite vía correo electrónico el formulario firmado, para lo cual tiene un plazo de 30 días. Luego de remitido el formulario firmado por el contribuyente, el acta definitiva será remitida en un plazo de 24 horas.
  • Si el contribuyente no envía el formulario firmado dentro del plazo establecido, la solicitud será desestimada.
  • Si el contribuyente no tiene habilitada la Oficina Virtual, el acta será enviada al correo electrónico proporcionado en la solicitud o podrá ser retirada en su Administración Local.
  • El contribuyente visualizará las obligaciones que se le activarán de acuerdo a las actividades económicas seleccionadas.
  • La solicitud de acogencia al RST realizada desde el formulario de inscripción en línea, será verificada por el Departamento de RST una vez la inscripción al RNC haya sido aprobada y la respuesta será remitida al Buzón de la Oficina Virtual (en caso de disponer de una), o al correo electrónico registrado en un tiempo aproximado de 15 días laborables.
De manera presencial, depositando en el Centro de Asistencia Presencial de la sede central o en el área de información de la Administración Local más cercana, los siguientes documentos:
  1. Formulario de Declaración Jurada de Registro y Actualización de Datos de Personas Físicas (RC-01), llenado y firmado.
  2. Copia de la Cédula de Identidad y Electoral, de ambos lados, del solicitante. 
  3. Copia de la Cédula de Identidad y Electoral, de ambos lados, del padre o tutor (aplica en caso de menores de edad).
  4. Copia del acta de nacimiento del solicitante (aplica en caso de menores de edad).
  5. Copia del certificado del nombre comercial emitido por ONAPI (si lo posee).
  6. Carta de autorización (en caso de que un tercero sea el que realice la solicitud).
  7. Copia de la Cédula de Identidad y Electoral, de ambos lados, del representante (en caso de que un tercero sea el que realice la solicitud).
  8. Copia del Certificado del Registro Mercantil (si lo posee).
  9. Documento o instrumento jurídico que justifique el domicilio (contrato de alquiler notarizado, contrato de servicio telefónico, contrato de electricidad, etc.).

Importante:

Para la inscripción de menores de edad, el tutor es quien debe firmar el formulario RC-01 y colocar sus datos como representante.

Las personas físicas incluidas dentro del vector fiscal pueden tener una (1) actividad económica principal y hasta cinco (5) actividades económicas secundarias. No obstante, si la Gerencia de Registro u otra área de la institución comprueba y evidencia que el contribuyente ejerce otra actividad aparte de las ya declaradas, se le colocará una sexta actividad económica de forma administrativa.

Tiempo de Respuesta:

  • Solicitudes presenciales: inmediato
  • Solicitudes virtuales: 24 horas
  • Solicitudes que conlleven verificación de actividad económica: 15 días laborables.

Luego que de este Registrado en esta DGII, debe solicitar la clave de acceso a la Oficina Virtual:

  1. Ingrese al portal de la Oficina Virtual DGII.
  2. Seleccione la opción Solicitar Clave y complete la información requerida: RNC / Cédula y Tipo de Contribuyente.
  3. Presione el botón Continuar, complete el formulario que aparecerá en la pantalla y presione el botón Enviar Solicitud.
  4. Imprima su constancia de recepción.

Luego de tener acceso a la Oficina Virtual se le estará requiriendo que active el Token Digital como dispositivo de seguridad para usar la plataforma.

 

Los contribuyentes de nuevo ingreso o los que nunca hayan solicitado Números de Comprobantes Fiscales (NCF), tienen restringida la emisión de NCF hasta tanto esta Dirección General le autorice, exceptuando los comprobantes de consumidor final (Facturas de Consumo) y los de Notas de Crédito.

 

Puede solicitar la autorización para emitir Números de Comprobantes Fiscales (NCF)/ Alta de NCF a través de las siguientes vías:

Por la Oficina Virtual, llevando a cabo los siguientes pasos:

  1. Ingrese con su usuario y clave a la Oficina Virtual DGII.
  2. En el menú Solicitudes, seleccione la opción Solicitar Trámites.
  3. En Seleccionar Tipo de Solicitud, escoja la opción Solicitar Alta de Números de Comprobantes Fiscales y pulse el botón Solicitar.
  4. Complete el formulario que le aparecerá en pantalla y presione el botón Enviar.
  5. Visualizará en pantalla el número de solicitud para fines de seguimiento, pulse el botón OK.

Nota: A través de esta opción podrá visualizar el estatus de su solicitud.

De manera presencial, depositando en el Centro de Asistencia al Contribuyente de la sede central o en el área de información de la Administración Local correspondiente, los siguientes documentos:

  1. Formulario de Solicitud de Autorización para Emitir Números de Comprobantes Fiscales (FI-GCF-009) llenado y firmado [en caso de Personas Jurídicas debe estar firmado y sellado].
  2. Copia de la Cédula de Identidad y Electoral, de ambos lados, del solicitante (aplica en caso de Personas Físicas).
  3. Poder de autorización (en caso de Personas Físicas) o Carta de autorización a terceros timbrada, firmada y sellada (en caso de Personas Jurídicas) [aplica en caso de que sea un apoderado o representante que realice la solicitud].
  4. Copia de la Cédula de Identidad y Electoral, de ambos lados, del representante autorizado (aplica en caso de que sea un tercero quien realice la solicitud).

 

Opcional: Documentos que permitan validar la actividad económica tales como: facturas de compras/gastos con valor fiscal, contratos de servicios, cotizaciones, contrato de alquiler, matrículas de vehículos, carnet de colegiatura en caso de profesionales liberales, u otros según aplique.

 

Para realizar la solicitud el contribuyente debe cumplir con lo siguiente:

·         Tener acceso a la Oficina Virtual. En caso no poseerlo deberá solicitar la clave de acceso al momento de registrar la solicitud. La respuesta a la solicitud de Autorización para Emitir Números de Comprobantes Fiscales, serán remitida al Buzón de Mensajes de la OFV.

·         Los contribuyentes cuya actividad económica sea la fabricación de productos de alcoholes y tabaco, deben tener la licencia que les autorice a dicho proceso al momento de solicitar el alta de los NCF.

·         Los datos básicos del RNC (domicilio fiscal, actividad económica) proporcionados en el formulario de solicitud deben coincidir con los registrados en nuestra base de datos. En caso de que no coincidan, debe solicitar la modificación de su registro.

·         No debe existir incumplimiento de deberes formales u obligaciones tributarias de los responsables solidarios, conforme a lo dispuesto en el Código Tributario.

 

Una vez tenga la autorización para emitir NCF, puede solicitar las secuencias a través de las siguientes vías:

 

Por la Oficina Virtual, llevando a cabo los siguientes pasos:

 

  1. Ingrese con su usuario y clave a la Oficina Virtual DGII.
  2. En el menú Solicitudes, seleccione la opción Comprobantes Fiscales.
  3. Complete el formulario que le aparecerá en la pantalla y presione el botón Agregar.
  4. Presione el botón Enviar Solicitud.
  5. Visualizará en pantalla un mensaje indicándole que su solicitud está siendo validada y el número de la misma para fines de seguimiento.

 

Tiempo de respuesta para las solicitudes virtuales: 24 horas 

 

De manera presencial, depositando en el Centro de Asistencia al Contribuyente de la sede central o en el área de Información de la Administración Local correspondiente, los siguientes documentos:

 

  1. Formulario Solicitud de Asignación de Números de Comprobantes Fiscales (FI-GDF-015), llenado y firmado [en caso de Personas Jurídicas debe estar firmado y sellado].
  2. Carta de autorización firmada [en caso de Personas Jurídicas debe estar timbrada y sellada] que indique la persona autorizada a realizar el trámite (aplica en caso de que sea un tercero quien realice la solicitud).
  3. Copia de la Cédula de Identidad y Electoral, de ambos lados, del solicitante.
  4. Copia de la Cédula de Identidad y Electoral, de ambos lados, del representante autorizado (aplica en caso de que sea un tercero quien realice la solicitud).

 

Tiempo de respuesta para las solicitudes presenciales: 10 días laborables.

 

Consideraciones importantes:

 

  • El estatus y respuesta de las solicitudes de secuencias de NCF realizadas por la Oficina Virtual puede ser consultado en la opción Solicitudes de Comprobantes del menú Consultas de su Oficina Virtual.
  • En caso de que la solicitud de secuencia de NCF sea rechazada por la Oficina Virtual, el contribuyente debe dirigirse a la Administración local correspondiente para fines de verificación.

Para solicitar nuevas secuencias, es necesario que haya reportado los NCF utilizados.

 

Si aún requiere de nuestra intervención, no dude en contactarnos nueva vez.