Perfil de Angelica Saballo

20 Mensajes

jueves, 12 de enero de 2023

Cerrado

COMO REPORTAR EL IMPUESTO SELECTIVO AL CONSUMO

Buenos dias,

Deseo consultar si una empresa que vende internet por cable debe pagar impuesto selectivo al consumo y como se debe realizar este reporte y pago del mismo?

Oldest First
Selected Oldest First

Solución oficial

Buenos días, Angelica. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su inquietud, le informamos que, deben pagar el Impuesto Selectivo al Consumo (ISC):

  1. Las personas naturales, sociedades o empresas nacionales o extranjeras, que produzcan o fabriquen los bienes gravados por este impuesto, aun cuando su intervención se lleve a cabo a través de servicios prestados por terceros.
  2. Los importadores de bienes gravados por este impuesto, por cuenta propia o de terceros.
  3. Los prestadores o locadores de servicios gravados por este impuesto.

La presentación de la Declaración Jurada de Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) debe ser realizada en el transcurso de los primeros 20 días del mes siguiente al período declarado (por ej.: el mes de enero debe presentarse y pagarse antes del 20 de febrero).

 

Notas:

  • Los Hidrocarburos tienen fecha límite de presentación y pago a más tardar los jueves de cada semana.
  • Las operaciones financieras se presentan y pagan los viernes de cada semana.

Para obtener información detallada sobre el reporte, le recomendamos comunicarse con el área de Fiscalización de la Administración Local que le corresponde, ya que esta es la encargada de instruir a los contribuyentes sobre el correcto procedimiento a llevar a cabo para las presentaciones de las transacciones contables en esta Dirección General, además de orientar sobre el correcto llenado y cálculos que poseen los formularios y Declaraciones Juradas.

 

Base Legal: Ley 11-92, Art. 365.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.