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lunes, 24 de octubre de 2022 19:30

Cerrado

COMO REPORTAR A LA DGII LOS GASTOS FINANCIEROS DE CARGOS BANCARIOS DE CUENTAS EXTRANJERAS QUE NO TIENEN COMPROBANTE FISCAL

SE PUEDEN REPORTAR CON GASTOS MENOS LOS CARGOS POR COMISIÓN BANCARIA QUE NO TIENEN COMPROBANTE FISCAL ? O COMO SE DEBEN REPORTAR ENTONCES ?

Solución oficial

Buenas tardes, Elizabeth. Gracias por contactarnos.

 

En atención al caso que nos plantea, le informamos que, para sustentar el pago de comisiones bancarias a empresas del exterior debe emitir un Comprobante para Pagos al Exterior del Tipo (B17). Estos deben ser reportados en el Formato de Compras de Bienes y Servicios (606) y en el Formato de Pagos al Exterior (609). Asimismo, la retención que conlleva este tipo de pagos debe ser reportada en la Declaración Jurada y/o Pago de Otras Retenciones y Retribuciones Complementarias (IR-17) en la forma y plazos definidos por esta Dirección General y la legislación fiscal vigente.

 

A los pagos de rentas gravadas de fuente dominicana a personas físicas o jurídicas no residentes fiscales por concepto de Transferencias y Comisiones bancarias deberán aplicar la Retención de un 27% del ISR en conforme lo establece el Art. 305 del Código Tributario.

 

Importante: Al registrar un NCF para pagos al exterior en el formato 606, el campo RNC o Cédula debe ser completado con el RNC del contribuyente que emite el comprobante y no se debe incluir la retención del Impuesto Sobre la Renta.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.

hace 1 año

ME EXPLICO SON LAS COMISIONES BANCARIAS POR MANEJOS DE CUENTA O CARGOS BANCARIOS QUE LOS BANCOS SE COBRAN, NO PAGOS A PROVEEDORES EXTRANJEROS 

Buenas tardes, Elizabeth. Gracias por contactarnos.

 

En atención a la aclaración que nos hace, le informamos que, procede la emisión de un Comprobante para Pagos al Exterior del Tipo (B17) para sustentar pagos que realice a bancos comerciales del extranjero por concepto de cargos y comisiones bancarias, toda vez que aplique las retenciones referidas en la interacción anterior.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

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Es un placer servirle.