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jueves, 26 de octubre de 2023 20:25

Cerrado

COMO REGISTRAR UN SERVICIO INDEPENDIENTE BRINDADO POR UNOS DE NUESTROS EMPLEADOS

UNO DE NUESTROS EMPLEADOS ES TAMBIEN PROFESIONAL INDEPENDIENTE, COMO PODEMOS REGISTRAR ESE SERVICIO?

Solución oficial

Buenos días, Eliam. Gracias por contactarnos.

 

Le informamos que, si el empleado que está brindando el servicio profesional se encuentra registrado como contribuyente Persona Física, debe emitirle una Factura con Valor Fiscal (B01). En caso de que no esté registrado, deberá emitirle un Comprobante de Compras (B11).

También, le recordamos que las Personas Jurídicas, deben retenerle el 10% del ISR para los servicios profesionales
(Ej.: Alquiler de cualquier tipo de bienes muebles o inmuebles, honorarios, comisiones y demás remuneraciones y pagos por la prestación de servicios en general provistos por Personas Físicas no ejecutados en relación de dependencia).

 

Asimismo, si el servicio se encuentra grabado con el ITBIS, debe realizarle la retención del 100% del ITBIS facturado.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta: 

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo. 

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. 

Visite: http://ms.spr.ly/612199P0mx

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!  



Es un placer servirle.

Buenas tardes. Gracias por contactarnos. 



Confirmamos que hemos recibido su consulta y estamos realizando las verificaciones de lugar con el área correspondiente, a fin de dar respuesta en el menor tiempo posible.


Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta: 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)  



Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.  



Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. 

 

Visite: http://ms.spr.ly/612199P0mx

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII. 



¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!  



Es un placer servirle.