viernes, 28 de marzo de 2025 20:05

como rectificar un IR-3 de periodo anterior

Necesito rectificar el IR-3 oct. 2024, ya remití la plantilla rectificativa vía TSS, pero tengo la siguiente duda, debo igual mente descargar el IR-4 en la OFV y darle a la opción rectificar IR-3? Como manejo el monto pagado en ese periodo del ISR para que la rectificativa no me genere monto a pagar?

Solución aceptada

Solución oficial

Buenos días, Juan. ¡Gracias por contactarnos!

 

En atención a su consulta, le informamos que, para realizar una rectificativa del IR-3 debe seguir estos pasos:

 

Primero:

  1. Realice las correcciones de su(s) nómina(s) a través de la Tesorería de Seguridad Social (TSS).

Segundo:

  1. Ingrese con su usuario y clave a la Oficina Virtual DGII.

  2. En el menú Declaraciones Juradas, escoja la opción Declaración IR-3.

  3. Digite el año fiscal, elija el mes sobre el cual desea realizar la rectificativa y presione el botón Consultar.

  4. Visualizará en pantalla un mensaje indicándole:este periodo tiene una declaración presentada. Se ha generado un IR-4 actualizado y en estatus pendiente, la fecha de la última actualización, periodo seleccionado y cuatro opciones (Descargar IR-4, Rectificar IR-3, Eliminar IR-3 y Consultar otro periodo).

  5. Pulse la opción Descargar IR-4, a fin de constatar que la información que contiene es la correcta y posteriormente presione la opción Rectificar IR-3.

  6. Visualizará en pantalla la Declaración IR-3 con los cálculos realizados, complete las casillas del formulario con las informaciones correspondientes, según corresponda (Pago a Cuenta, Saldo a Favor Anterior, Crédito Gastos Educativos IR-18, Crédito Autorizado) y presione la opción de Enviar Documento.

  7. El sistema le preguntará si desea enviar la declaración, presione el botón Aceptar.

  8. Visualizará en pantalla un mensaje informándole que la declaración ha sido rectificada correctamente y que verifique los valores en la cuenta corriente, presione el botón Aceptar.

Importante: El monto pagado debe colocarlo en la casilla "14-PAGOS COMPUTABLES A CUENTA", con el fin de que el sistema le reconozca el pago y no le de a pagar nuevamente.

 

Tiempo de respuesta: inmediato

Costo del servicio: N/A

Quienes pueden solicitar:
Personas Físicas y Jurídicas que tienen la obligación de presentar IR-3.

Cuando solicitar:
Según necesidad.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Luego de haber transcurrido 24 horas sin recibir la información, cerraremos la pregunta, en caso de aún requerir la asistencia por favor crear una nueva.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.