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lunes, 5 de junio de 2023 12:58

Cerrado

Como puedo generar mis gastos si produzco mis propios bienes?

Soy dueño de un aserradero y produzco mis maderas para hacer mecedoras. Como puedo crear mis gastos para declararlos en el IT1, ya que cuando vendo le aplico el 18% de ITBIS.

Solución oficial

Buenos días, Richard. Gracias por contactarnos. 

 

Le informamos que quienes adquieran o produzcan bienes exentos, dicha exención no se extenderá ni compensará con la comercialización de bienes y servicios gravados por el impuesto.

 

En estos casos, el porcentaje del ITBIS que el contribuyente se puede adelantar se obtendrá al dividir el monto de las operaciones gravadas sobre el total de las operaciones del período.

 

El cálculo de la proporcionalidad del Impuesto a la Transferencia de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS) consiste en determinar la proporción del impuesto que un contribuyente se puede deducir del ITBIS que haya adelantado en la importación o adquisición de bienes o servicios gravados utilizados en la generación de operaciones gravadas y exentas para un periodo determinado.

 

Para más detalles, le exhortamos a consultar el Instructivo Llenado del Formulario IT-1 2020 y el Instructivo para el cálculo de la proporcionalidad ingresando al siguiente enlace:

http://ms.spr.ly/61216g9b7u

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61217g9b7R)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

Visite: http://ms.spr.ly/61218g9b7r

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

Es un placer servirle.

139 Mensajes

hace 2 años

Gracias.

La inquietud no es sobre la proporcionalidad. Es conocer el procedimiento a seguir cuando yo produzco mis propios bienes y los vendo con ITBIS. Es conocer como hago para generar el gasto del 606.

Es decir, debo hacer un registro contable de lo que me costo producir ese bien para luego declararlo en el IR2 como Gastos sin comprobanes?

El ejemplo es que tengo madera en mi finca y con ella construyo un bien para vender con ITBIS, pero como declaro el gasto? con un B13, o en una partida contable para luego deducirlo de los ingresos en mi declaracion jurada?

Buenas tardes, Richard. Gracias por contactarnos. 

 

Quienes adquieran o produzcan bienes exentos, dicha exención no se extenderá ni compensará con la comercialización de bienes y servicios gravados por el impuesto.

 

En su caso, si la mecedora que produce solo posee madera sin ningún costo que conlleve la creación de ese bien debe pagar su 18% del ITBIS.

 

En caso contrario, si la misma posee Madera (exenta) y cola, clavos, pintura y entre otros gastos de materias primas gravadas, podrá adelantarse dicho ITBIS sustentados con los comprobantes fiscales correspondientes.

 

Para conocer sobre el reporte y llenado, le recomendamos comunicarse con el área de Fiscalización de la Administración Local que le corresponde, ya que esta es la encargada de instruir a los contribuyentes sobre el correcto procedimiento a llevar a cabo para las presentaciones de las transacciones contables en esta Dirección General, además de orientar sobre el correcto llenado y cálculos que poseen los formularios y Declaraciones Juradas.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61214g9mEK)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

Visite: http://ms.spr.ly/61215g9mEz

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(Editado)