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miércoles, 18 de septiembre de 2019 12:45

Cerrado

Como puedo eliminar o rectificar, por oficina virtual, una Declaracion de IT1 de agosto que fue enviada por error

Por error se envió una Declaracion de IT1 correspondiente al mes de agosto con datos incompletos. Mi pregunta es, Existirá la forma de vía Oficina Virtual eliminar o rectificar esa Declaración antes de la fecha de vencimiento de la autorización de pago?

Solución oficial

hace 6 años

Buen día Hilda, para eliminar el IT-1 por la Oficina virtual, debes cumplir con estas condiciones:

• Que la declaración corresponda al periodo vigente.
• Que no se encuentre en acuerdo de pago o en cobro coactivo. 
• Que no existan transacciones registradas (créditos, pagos) en la cuenta corriente del contribuyente.
• La declaración debe ser eliminada antes de la fecha límite (el día 20) de presentación del ITBIS.

En caso de que la declaración no puede ser eliminada, para corregir algún error, lo que procede es solicitar una rectificativa de manera virtual o presencial, según aplique.

Para realizar una rectificativa del IT-1 por la Oficina Virtual, debes seguir estos pasos:

1. Ingresa con tu usuario y clave a la Oficina Virtual DGII.
2. En el menú Declaraciones Juradas, selecciona la opción Declaraciones Rectificativas y escoge el formulario IT-1.
3. Digita el año y escoje el mes de la declaración que deseas rectificar y presiona el botón Continuar.
4. Completa las casillas del formulario IT-1 con las informaciones correspondientes y presiona el botón Enviar Documento.
5. El sistema te preguntará si estás seguro de enviar el documento, debes pulsar la opción OK.

Para rectificar el IT-1 por la OFV se debes cumplir con las siguientes condiciones.

1. Poseer token o tarjeta de código. En caso de no tener uno de estos dispositivos debe solicitarlos en su Administración Local.
2. Que la rectificativa sea para incrementar ingresos, disminuir adelantos o disminuir saldos a favor.
3. Que el período a rectificar no se encuentre en: Acuerdo de Pago (AP), Cobro Coactivo (CC) o esté marcado con un Recurso de Reconsideración o Recurso Contencioso (RR o RC).
4. Que el periodo a rectificar no haya sido rectificado previamente por la administración.
5. Que la declaración original no haya sido presentada por estimación.
6. No debe poseer casos de fiscalización interna o externa que afecten el ITBIS en el SECCON y en el CAU y que hayan sido notificados, aunque no coincidan los períodos.
7. Que los períodos a rectificar no estén prescritos, es decir, que no superen los tres años desde la fecha de vencimiento de la presentación del impuesto.
8. Que no poseas una declaración de amnistía digitada y con estatus OK.
9. Debes realizar cambios en la declaración, es decir, debe modificar valores.

Nota:
• Las rectificativas de ITBIS realizadas por esta vía deben ser de periodos no vigentes y las mismas se deben efectuar en orden de períodos, desde el más antiguo hasta el más reciente.
• Las rectificativas del IT-1 realizadas por la Oficina Virtual pueden ser eliminadas solo el mismo día (hasta las 11:59 pm) en que son procesadas. Si pasado este tiempo detecta algún error, lo que procede es rectificar nuevamente.

De no cumplir con las condiciones antes indicadas, deberás realizar el proceso de manera presencial, depositando en el Centro de Asistencia al Contribuyente de la sede central o en el área de información de la Administración Local que le corresponde, los siguientes documentos:

1. Formulario de Solicitud de Rectificativa (FI-ADML-012) llenado y firmado [en caso de Personas Jurídicas debe estar llenado, firmado y sellado].
2. Formulario de la declaración jurada que se desea rectificar en original y copia, llenado y firmado [en caso de Personas Jurídicas debe estar llenado, firmado y sellado].
3. Documentos que soporten la solicitud de rectificativa.



Gracias por utilizar Comunidad de Ayuda!

hace 6 años

Muy buenos días Hilda,

A continuación comparto la información requerida, que tengas un excelente resto del día,

¿Qué debo hacer para eliminar una Declaración Jurada de ITBIS?

Para eliminar una Declaración Jurada de ITBIS (IT-1) a través de la Oficina Virtual, debe seguir estos pasos:

1.   Ingrese con su usuario y clave a la Oficina Virtual DGII.

2.   En el menú Declaraciones Juradas, escoja la opción Declaración Interactiva.

3.   Seleccione el Formulario IT-1, digite el año, escoja el mes de la declaración que desea eliminar y presione el botón Continuar.

4.   Visualizará la alerta “Ya tiene una declaración para este período”, debe pulsar el botón Aceptar y luego presionar la opción Borrar Declaración.

5.   Seguido recibirá un mensaje indicándole que la declaración ya fue eliminada.

6.   Proceda a presentar nuevamente la Declaración de ITBIS. 


Consideraciones Importantes:

Para eliminar el IT-1 por la Oficina virtual, debe cumplir con estas condiciones:

·         Que la declaración corresponda al periodo vigente.

·         Que no se encuentre en acuerdo de pago o en cobro coactivo.  

·         Que no existan transacciones registradas (créditos, pagos) en la cuenta corriente del contribuyente.

·         La declaración debe ser eliminada antes de la fecha límite (el día 20) de presentación del ITBIS.

En caso de que la declaración no puede ser eliminada, para corregir algún error, lo que procede es solicitar una rectificativa de manera virtual o presencial, según aplique.

Atentamente,

Luis Felipe Núñez Rguez.
Colaborador Comunidad de Ayuda DGII
Hola, ¿Es posible hacer una rectificativa del 2018 del IT1 para cambiar de linea?. Por error  el saldo a favor anterior que se coloca en la linea 27 se colocó en la línea 28 saldo compensable autorizados. 
Consideraciones Importantes:
·         La declaración debe ser eliminada antes de la fecha límite (el día 20) de presentación del ITBIS.

Sólo podemos rectificar la Declaración Jurada de ITBIS más reciente antes de la fecha límite de presentación y pago

8 Mensajes

hace 6 años

Muchas gracias!