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miércoles, 19 de octubre de 2022 20:45

Cerrado

COMO PASAR AL REGIME DE TRIBUTACION SIMPLE

Saludos

Una oficina de abogados registrada como persona jurídica desde el 2010 y no ha reportado operaciones, que debe hacer para optar por el regimen simple de tributación.

Gracias

Solución oficial

Buenos días, Rosy. Gracias por contactarnos.

 

En atención al caso que nos plantea, le informamos que, puede acogerse a este Régimen siempre y cuando cumplan con las siguientes condiciones:

  • Tener actualizadas las informaciones del Registro Nacional de Contribuyentes (RNC).
  • Que tenga presentada la declaración jurada de renta (IR1 o IR2) en los últimos tres (3) años.
  • No presentar inconsistencias en las declaraciones tributarias presentadas en los últimos tres (3) años.
  • Que la actividad económica registrada coincida con la actividad que está realizando.
  • Tener como fecha de cierre el 31 de diciembre, para el caso de las personas jurídicas.
  • No tener una persona extranjera con residencia fiscal en el extranjero o persona jurídica dentro de su composición accionaria, para el caso de las personas jurídicas.
  • No poseer inmuebles de su patrimonio que no pertenezcan a su actividad comercial, para el caso de personas jurídicas.

Una vez cumpla con estas condiciones, para solicitar la incorporación al Régimen Simplificado de Tributación (RST) en cualquiera de sus modalidades debe llevar a cabo los siguientes pasos:

 

  1. Ingrese a la página web de Impuestos Internos www.dgii.gov.do, y acceda a Oficina Virtual.
  2. En Inscripción, seleccione la opción Régimen Simplificado de Tributación e introduzca su RNC/Cédula.
  3. El sistema le mostrará las modalidades del régimen al que puede acogerse conforme el tipo de contribuyente y según su actividad económica.
  4. Del recuadro Métodos de Ingreso, escoja y la modalidad, según aplique y pulse el botón Continuar.
  5. Las opciones son:

    ·         Régimen Simplificado Servicios Personas Físicas (RS1)

    ·     Régimen Simplificado Servicios y Producción Personas Jurídicas (RS2)

    ·         Régimen Simplificado Compras (RS3)

    ·         Régimen Simplificado Agropecuario (RS4)

     
  6. Complete los Datos Generales del contribuyente y pulse Continuar.
  7. En caso de que haya colocado alguna información errónea o incompleta, el sistema le presentará una alerta con el siguiente mensaje: “Existe información sin completar o incorrecta, por favor verifique e intente nuevamente”
  8. Dependiendo el método de ingreso elegido al iniciar la inscripción, el sistema le irá mostrando distintos renglones, complete la información requerida y al finalizar pulse el botón Enviar Solicitud.
  9. Visualizará en pantalla el número de caso de su registro.

Importante:

  • La comunicación de aceptación o rechazo será enviada a su buzón de OFV y a la dirección de correo indicada en la solicitud, a más tardar quince (15) días laborables después de recibida la misma.
  • En caso de no disponer de la facilidad para realizar la solicitud vía internet, puede dirigirse al Centro de Asistencia al Contribuyente de la Sede Central o la Administración Local más cercana y completar el formulario en línea, con la ayuda de un oficial.

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.