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Como papelería voy a dar servicio de tecnología a una empresa extranjera pero con nomina aquí.
Como papelería voy a dar servicios de tecnología a una empresa extranjera que tiene nómina aquí en RD. Voy a administrarle sus datos, como preparar reportes y eso pero como empresa. Que me cobra la DGii por esto, ya que no seré empleado de nomina normal y no tendré beneficios, solo el sueldo por la compañia.


Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
26.3K Mensajes
hace 10 meses
Buenas tardes, Pérez. Gracias por contactarnos.
En el caso planteado, si los ingresos provienen del extranjero, deberán ser sustentados mediante una factura con comprobante B02, sin incluir ITBIS, y transparentando el monto recibido en la declaración correspondiente.
En ese mismo orden, si el pago proviene de una entidad de origen dominicano y esta requiere una factura con comprobante fiscal, corresponde emitir un comprobante de crédito fiscal (B01) incluyendo el ITBIS.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
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