Buenos días, Enmanuel. Una vez registrado como persona física debes solicitar la clave de acceso a la Oficina Virtual, siguiendo los pasos de este enlace:
Una vez poseas el acceso a Oficina Virtual debes solicitar la autorización (Alta) para emitir Números de Comprobantes Fiscales (NCF) siguiendo los pasos de este enlace:
Importante: hemos tomado medidas referentes a la asistencia presencial en nuestras oficinas, por lo que, te exhortamos consultar los Avisos 63-20 y 64-20:
Puedes visitar el Centro de Asistencia al Contribuyente (CAC) en el horario establecido y tomando en cuenta las medidas indicadas en nuestros avisos, sin embargo, para visitar las Administraciones Locales debes requerir una cita de acuerdo con dicho aviso.
Nota: recuerda que de acuerdo con nuestras Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII, todas las consultas realizadas deben ser colocadas en la categoría “Discusiones”. En ese sentido, procedimos a realizar las correcciones de lugar a tu publicación.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
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hace 6 años
https://ayuda.dgii.gov.do/dgii/topics/ca698-como-solicito-la-clave-de-acceso-de-la-oficina-virtual
Una vez poseas el acceso a Oficina Virtual debes solicitar la autorización (Alta) para emitir Números de Comprobantes Fiscales (NCF) siguiendo los pasos de este enlace:
https://ayuda.dgii.gov.do/dgii/topics/ca1594-que-debo-hacer-para-solicitar-el-alta-de-los-numeros-de...
Luego de que estés autorizado a emitir NCF, podrás solicitar las secuencias siguiendo estos pasos:
https://ayuda.dgii.gov.do/dgii/topics/ca978-que-debo-hacer-si-al-momento-de-solicitar-comprobantes-f...
Importante: hemos tomado medidas referentes a la asistencia presencial en nuestras oficinas, por lo que, te exhortamos consultar los Avisos 63-20 y 64-20:
• https://dgii.gov.do/publicacionesOficiales/avisosInformativos/Documents/2020/63-20.pdf
• https://dgii.gov.do/publicacionesOficiales/avisosInformativos/Documents/2020/64-20.pdf
Puedes visitar el Centro de Asistencia al Contribuyente (CAC) en el horario establecido y tomando en cuenta las medidas indicadas en nuestros avisos, sin embargo, para visitar las Administraciones Locales debes requerir una cita de acuerdo con dicho aviso.
Nota: recuerda que de acuerdo con nuestras Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII, todas las consultas realizadas deben ser colocadas en la categoría “Discusiones”. En ese sentido, procedimos a realizar las correcciones de lugar a tu publicación.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
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