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Como debo reportar las vacaciones en la planilla de TSS
Buenos días, tengo la siguiente situación, en TSS me indican que las vacaciones en la planilla debo considerar la presentación de la siguiente manera: en salario cotizable para TSS salarios, vacaciones y comisiones, para el salario cotizable para ISR solo el salario y las vacaciones como otra remuneraciones, se ha reportado de esta manera durante todo el año y esto me causa una diferencia en el IR-13 con relación a los salarios de navidad reportados, ya que me indica que son mayores que el calculado, debido a que en todos los casos tengo en los cumplimiento de vacaciones de los empleados solo la mitad del salario reportado, pero la ley me indica que debo considerar ese monto como parte para el cálculo del doble sueldo. Por favor indíqueme cual es la forma correcta, ya que no puedo considerar los saldos a favor de los mismos
Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
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hace 2 años
Buenos días, Dorka. Gracias por contactarnos.
Las vacaciones y cualquier otra remuneración en efectivo pagada al empleado deben sumarse al salario y la retención del ISR debe hacerse en base al total percibido por dicho empleado en el mes correspondiente, tomando en cuenta la escala salarial vigente.
En el mismo orden, le informamos que las comisiones pagadas a los vendedores de manera ordinaria se consideran como parte de su salario.
Importante:
El monto pagado por concepto de comisión debe ser reportado en la misma casilla del formato IR-4 como parte del salario, de manera que el cálculo del salario 13 de la nómina sea homogénea con la declarada.
Base Legal: Ley 11-92, Art. 299; Reglamento 139-98, Art.65, Art. 311 Código de Trabajo.
Para más detalles, le recomendamos comunicarse con el área de Fiscalización de la Administración Local que le corresponde, ya que esta es la encargada de instruir a los contribuyentes sobre el correcto procedimiento a llevar a cabo para las presentaciones de las transacciones contables en esta Dirección General, además de orientar sobre el correcto llenado y cálculos que poseen los formularios y Declaraciones Juradas.
Importante: Para conocer a cuál Administración Local pertenece, puede comunicarse a nuestro Centro de Contacto DGII (809) 689-3444 Santo Domingo. De lunes a viernes de 8:00 A.M. a 5:00 P.M.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:
Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61213gBX2c)
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visita: http://ms.spr.ly/61217gBX2W
Es un placer servirle.
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