jueves, 2 de marzo de 2023

Cerrado

COMO DEBO CANALIZAR IMPOSITIVAMENTE LAS COMPENSACIONES DE UN EMPLEADO.

COMO CANALIZO IMPOSITIVAMNETE LA COMPENSACION DE VEHICULO QUE SE LE DA A UN EMPLEADO Y EL PAGO DE SU TELEFONO PERSONAL ATRAVEZ DE LA EMPRESA?

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Solución oficial

Buenas tardes, Jaira. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su inquietud, le informamos que, no se considerarán retribuciones complementarias cuando sean otorgados a todo el personal de manera colectiva, los beneficios citados a continuación:

  1. Cualquier beneficio pagado en efectivo, cheque o transferencia
  2. Primas de seguros de vida y/o gastos en planes de salud
  3. Gastos de transporte
  4. Subsidios alimenticios para consumo en el recinto de la empresa.

En su defecto esas compensaciones, deberán ser sumados a su salario para fines de aplicación de la retención del Impuesto Sobre la Renta por parte del empleador, según lo dispuesto en el Artículo 307 del Código Tributario y el Párrafo de los Artículos 65 y 67 del Reglamento 139-98 de Aplicación del ISR.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.