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viernes, 19 de mayo de 2023 16:12

Cerrado

Como compensar el Impuesto a pagar de una Declaracion IR-2019 efecturada en 2023, con el saldo a favor por anticipos de Renta en una declaracion del IR-2022 ?

Como se solicita la compensacion  del impuesto de una Declaracion Jurada del 2019, si los anticipos de renta aplicables para compensar en esa declaracion  fueron pagados en 2022?  La empresa desde 2020 al dia de hoy no opera, y desea cerrar su RNC.

Solución oficial

Buenas tardes. Gracias por contactarnos.

 

El Impuesto a los Activos puede ser compensado con el saldo a favor generado por el exceso en el pago de anticipos, sin embargo, no con el pago del IR-2.

 

  • El reembolso por anticipos que se genera en la declaración Jurada del ISR solo es reembolsable en caso de cese o cierre de la empresa, para lo cual el saldo debe ser cierto, líquido y exigible. En el resto de los casos el contribuyente debe transferir el crédito a los periodos subsiguientes.

Puede solicitar el reembolso del saldo a favor generador por anticipos con los siguientes documentos:

  1.  Carta de solicitud firmada (en caso de Personas Jurídicas debe estar timbrada, firmada y sellada).
  2. Documentos que soporten la solicitud.

Puede depositarlos en el Centro de Asistencia Presencial de la Sede Central o al área de Información o Centro de Asistencia de la Administración Local del Contribuyente.

 

Consideraciones Importantes:

  • Para que las Personas Físicas puedan realizar esta solicitud deben tener contabilidad organizada, ya que se requiere que el saldo a favor se encuentre auditado.
  • Solo si el beneficiario se encuentra en el interior o fuera del país y anexa una certificación bancaria o printer con los datos personales y de la cuenta, se le aplicará el reembolso mediante transferencia bancaria, en los demás casos el reembolso será realizado mediante cheque.

Base Legal: Ley 11-92, Art. 334.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

Visite: http://ms.spr.ly/61216gZCe4

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

Es un placer servirle.