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miércoles, 22 de noviembre de 2023 13:29

Cerrado

COMO ACOGERSE A LA PRESCRIPCION DE DEUDA SEGUN LEY 51-23

Buenos dias

Cual es el proceso que debo hacer para solicitar la prescripcion de deuda segun la ley 51-23?

Debo depositarlo presencialmente? cual es el formulario que debo llevar? 

Agradeceria cualquier otra aclaracion

Gracias!

Solución aceptada

Solución oficial

Buenos días, Violeta. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que, la prescripción de oficio establecida en la Ley 51-23 será aplicada de manera automática a todos los contribuyentes que cumplan con los requisitos establecidos en la misma, mediante cuatro (4) corridas tecnológicas. Es decir, no será necesario que el contribuyente realice una solicitud.


Estas corridas serán realizadas el último día de cada mes en las siguientes fechas:


• Primera: viernes 29 de septiembre del 2023.
• Segunda: viernes 27 de octubre del 2023.
• Tercera: jueves 30 de noviembre del 2023.
• Cuarta: viernes 29 de diciembre el 2023.

 

Luego de realizada cada corrida tecnológica y en un plazo no mayor a cinco (5) días hábiles al domicilio fiscal virtual del contribuyente le será enviada una certificación donde conste la aplicación de la prescripción de oficio, indicando periodos y ejercicios fiscales beneficiados, así como los montos.

 

Importante:

 

  • Los contribuyentes que, por no cumplir con los requisitos, no se les aplicó la prescripción de oficio en la primera corrida tecnológica, serán considerados en las siguientes siempre que regularicen su situación.
  • Los contribuyentes que posean recursos en sede administrativa o jurisdiccional desde el periodo 2016, inclusive, hacia adelante, cuya deuda no se encuentre en estatus no exigible por no haber transcurrido el plazo para recurrir, serán tomados en cuenta en la última corrida tecnológica.
  • Los contribuyentes que no tengan elegido el Buzón de Mensajería de la Oficina Virtual como su domicilio fiscal virtual podrán retirar la certificación de oficio de manera presencial en su administración local.
  • Luego de concluida la última barrida tecnológica, los contribuyentes que consideren que cumplían con los requisitos para beneficiarse de la prescripción de oficio, podrán consultar la justificación del motivo de su exclusión ante la Gerencia de Cobranzas de esta institución.  

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta: 

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo. 

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. 

Visite: http://ms.spr.ly/612199P0mx

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII. 

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII! 

 

Es un placer servirle.