miércoles, 9 de septiembre de 2020 20:12

Cerrado

comida empleados

si dentro de mi empresa tengo un espacio donde lo habilito para que una empresa externa venga a venderle comida a mis empleados y esta empresa me emite la factura a mi (como empresa) debo pagar retribucion complementaria por esto? es mejor que le cobren al empleado directo? o como lo debo manejar?

Solución oficial

4.8K Mensajes

hace 5 años

Buenas tardes, Kelvin. Los subsidios alimenticios para consumo en el recinto de la empresa, cuando son otorgados a todo el personal de manera colectiva no se consideran retribuciones complementarias.

Tampoco se consideran retribuciones complementarias, cualquier beneficio pagado en efectivo, las primas de seguros de vida y/o gastos en planes de salud y gastos de transporte.

En otro orden, la forma en cómo será suministrado y/o manejado este beneficio a los empleados es decisión del empleador.

El gasto debe ser reportado en tu Formato 606 y Declaración Jurada de ITBIS (IT-1). Puedes consultar los instructivos ingresando mediante estos enlaces:

https://dgii.gov.do/publicacionesOficiales/bibliotecaVirtual/contribuyentes/formatoEnvioDatos/Documents/4-LlenadoyEnvioFormato606.pdf

https://dgii.gov.do/publicacionesOficiales/bibliotecaVirtual/contribuyentes/itbis/Documents/Instruct...

Nota: Recordamos que para asegurar una mejor experiencia en nuestra Comunidad de Ayuda, de acuerdo con nuestras Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII, todas las preguntas realizadas deben marcarse con la categoría “Discusiones”. En ese sentido, procedimos a realizar las correcciones de lugar a tu publicación.

Recuerda que a través de la Oficina Virtual puedes realizar tus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visita: www.dgii.gov.do/ofv 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

2.6K Mensajes

hace 5 años

Sería solo un gasto para la empresa.