viernes, 3 de marzo de 2023

Cerrado

Cobro 0.15 en movimientos entre instrumentos de un mismo cliente.

Mi banco me cobra el 0.15 cuando realizo pago de mis tarjetas y préstamos, tanto la cuenta de ahorra como la tarjeta de crédito y préstamos son de la misma entidad. Aun así corresponde el cobro de este impuesto?

Oldest First
Selected Oldest First

Solución oficial

Buenos días, Julio. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su inquietud, le informamos que, se encuentran exentos del pago del impuesto a la emisión de cheques y pagos por transferencias electrónicas (0.0015), los siguientes hechos:

  1. El retiro de efectivo tanto en cajeros electrónicos como en las oficinas bancarias.
  2. El uso de la tarjeta de crédito, incluyendo todas las fases del proceso, desde el consumo original hasta las transacciones de intermediación entre las compañías de adquirencia, el Banco y el afiliado.
  3. Los pagos bajo la Seguridad Social.
  4. Las transacciones y pagos realizados por los Fondos de Pensiones.
  5. Los pagos y las transferencias hechos a favor del Estado Dominicano por concepto de impuestos, así como las transferencias que el Estado deba hacer.
  6. Las transacciones realizadas por el Banco Central.

Base Legal: Art. 3 de la Norma General 04-04.

 

Asimismo, no se encuentran sujetas a la retención del impuesto que grava la emisión de cheques y pagos por transferencias electrónicas (0.0015), las transferencias electrónicas entre cuentas de un mismo cliente en bancos diferentes de conformidad con la Resolución 26-2009 de fecha 27/05/2009.

 

Si su caso coincide con uno de estos supuestos y la entidad de intermediación financiera le esta efectuando el cobro de este impuesto, le exhortamos a que eleve una denuncia tributaria, llevando uno de los pasos indicados a continuación:

  1. Puede remitir un correo electrónico a la cuenta denuncias@dgii.gov.do, detallando el motivo de su denuncia y anexando los documentos correspondientes en caso de poseerlos.
  2. También puede realizarla a través de la Sección de Denuncias de nuestro portal web https://dgii.gov.do/denuncias/ de forma rápida y anónima, completando el formulario que le aparecerá en pantalla y anexando los documentos correspondientes en caso de poseerlos.
  3. De manera presencial, puede realizar su denuncia en el Centro de Asistencia al Presencial de la Sede Central, depositando los siguientes documentos:
    • Comunicación explicando el motivo de su denuncia, (en caso de depositar anexos, la comunicación debe contener el detalle de los documentos a suministrar).
    • Anexos correspondientes.

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.