Perfil de Belkys Toro

martes, 2 de julio de 2019 13:05

Cerrado

Cómo se calcula el intereses de mora sobre una cuenta por cobrar vencida

Buenos Dias, tengo dudas sobre la base de calculo sobre intereses de mora sobre una cuenta por cobrar vencida, si tomo el monto total de la factura incluyendo ITBIS o solo el monto base imponible y le aplico el % convenido en el contrato interno con el cliente , la duda viene porque son varias facturas y debo aplicarlar esta mora mensual y al pasar otro mes no estoy segura si es con itbis o no , porque estoy clara de que no se generan interes/ interes es solo por el ITBIS la duda Gracias 

Solución oficial

1.1K Mensajes

hace 5 años

Buenos días, de acuerdo a tu consulta te recomendamos canalizarlo con el área de fiscalización de la Administración Local que te corresponde, ya que esta es la encargada de instruir a los contribuyentes sobre el correcto procedimiento a llevar a cabo para las presentaciones de las transacciones contables en esta Dirección General, además de orientar sobre el correcto llenado y cálculos que poseen los formularios y Declaraciones Juradas.

Importante: Para conocer a cuál Administración Local perteneces, puedes comunicarte a nuestro Centro de Contacto DGII (809) 689-3444 Santo Domingo, y sin cargos, al resto del país al 1(809)200-6060. De lunes a viernes de 8:00 A.M. a 5:00 P.M.

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

910 Mensajes

hace 5 años

Eso es algo interno de la institución. Pero a mi entender es al monto total de la factura incluyendo el ITEBIS. Los intereses deben de registrarse como otros ingresos.

12 Mensajes

Buenos Dias, muchas gracias entendido

hace 5 años

Buenos días Belkys, saludos

El cálculo debe ser en base al valor total adeudado; es decir, el importe + el ITBIS se le debe calcular el porcentaje (%) por concepto de mora. Sólo si dentro del contrato existe una clausula que indique lo contrario, o la excepción de la exclusión del ITBIS para el cálculo de la mora, en ese caso el cálculo seria diferente.

Nota importante:
Revisar el contrato y observar el criterio de cálculo de mora por deudas atrasadas.-

Sin otro particular, se despide

Cordialmente,


Luis Felipe
Colaborador Comunidad de Ayuda DGII 

12 Mensajes

Buenos Días, muchas gracias si el contrato lo especifica, la duda es porque al pasar 2 facturas de atraso una de ellas tiene el interés de mora cargado y quería saber si al hacer hoy la nueva factura que seria una 3era factura  tomo como base de calcula la nueva deuda o le resto los interes de recargo de la 2da factura que aun no ha pagado, no se si me explico, gracias
Las base para el cálculo de la mora siempre será el Importe + ITBIS, luego el % mora (ingresos extraordinarios) x cantidad meses transcurridos

12 Mensajes

Muchas gracias, excelente feliz almuerzo

910 Mensajes

hace 5 años

Eso es algo interno de la institución. Pero a mi entender es al monto total de la factura incluyendo el ITEBIS. Los intereses deben de registrarse como otros ingresos.

910 Mensajes

hace 5 años

Buenos días Belkis, mira: eso de emitir una factura sobre factura es una debilidad de los los controles internos de la institución. Los principios de auditoria lo establecen; no se puede emitir facturas sobre facturas, generando esto una deuda mayor. Hay políticas establecidas, en la que a un mismo cliente no se le puede emitir más de 3 facturas

12 Mensajes

hace 5 años

Si por eso era la duda, mil gracias lo tomare en cuenta
Feliz almuerzo