jueves, 9 de abril de 2026

¿Cómo Reportar una Nota de Crédito para Pago al Exterior 606 y 609 (E electrónica y no electrónica B)?

Buenos días, escribo con la siguiente duda que agradecería su apoyo me ayuden a resolver:

¿Cómo Reportar una Nota de Crédito para Pago al Exterior 606 y 609 (E electrónica y no electrónica B)?

Gracias

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Solución oficial

Buenos días, Miguel. Gracias por contactarnos.

 

 En atención a su consulta, le informamos que, en el caso de las notas de crédito electrónicas, deberá proceder según lo indicado en la siguiente pregunta disponible en esta comunidad: CA5299 ¿Cómo debo reportar las notas de crédito electrónicas emitidas para anular o modificar un comprobante fiscal electrónico autogenerado?

 

En el caso de las notas de crédito no electrónicas, se deben reportar en el 606 de acuerdo con lo indicado en la siguiente pregunta de esta comunidad: CA2108 ¿Cómo puedo reportar una nota de crédito o débito en los formatos 606 y 607?

 

Importante: Las notas de crédito no se reportan en 609, sean electrónicas o no electrónicas, por lo que solo deberá actualizar el monto del pago en este formato y reenviarlo.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.

(Editado)