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¿Cómo reportar el ISR y las retenciones cuando la factura es de un año fiscal y el pago (con retenciones) es del siguiente año fiscal?
Emití una factura a una entidad gubernamental en diciembre de 2024, pero el pago, incluyendo las retenciones de ITBIS e ISR, se realizó en enero de 2025. ¿Cómo debo reportar correctamente esta operación en mis declaraciones de impuestos, especialmente en lo que respecta al Impuesto Sobre la Renta (ISR) del año 2024?
Detalles de la Operación (Ejemplo Ficticio):
- Facturación (Diciembre 2024):
- Monto Facturado (sin ITBIS): RD$1,000,000.00
- ITBIS: RD$180,000.00
- Total Facturado: RD$1,180,000.00
Pago y Retenciones (Enero 2025):
- Monto Total Pagado: RD$1,180,000.00
- ITBIS Retenido (100%): RD$180,000.00
- ISR Retenido (10% s/Monto sin ITBIS): RD$100,000.00
- Monto Neto Recibido: RD$900,000.00
Reporte Actual (para clarificar la duda):
- Formato 607 (Diciembre 2024): Reporté el ingreso de RD$1,000,000.00 como crédito (sin ITBIS).
- Formato 607 (Enero 2025): Incluí nuevamente la factura (con fecha de diciembre 2024) para reportar las retenciones:
Monto (sin ITBIS): RD$1,000,000.00
ITBIS Retenido: RD$180,000.00 (con fecha de enero 2025)
ISR Retenido: RD$100,000.00 (con fecha de enero 2025)
Preguntas específicas:
Mi principal duda es sobre la declaración anual del ISR del año 2024 y 2025.
- ¿Debo incluir el ingreso de RD$1,000,000.00 en mi declaración del 2024, aunque las retenciones de ISR y el ITBIS se hayan efectuado en enero de 2025?
- Si incluyo el ingreso en 2024, ¿cómo justifico la aplicación del crédito por las retenciones que se realizaron en el 2025?
- Si no lo incluyo en 2024, ¿Cómo reporto estas retenciones, en el 2026 cuando presente el ISR del 2025, sin su correspondiente ingreso asociado en ese período?
Solución aceptada
Solución oficial
Comunidad de Ayuda de Dirección General de Impuestos Internos
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hace 2 meses
Buenos días, Vladimir. ¡Gracias por contactarnos!
En atención a su consulta, le informamos que, cuando reporto el ingreso en el 2024 debe colocar el ITBIS y colocar el monto como Venta a Crédito.
Con relación a la retención del 2025, en la fecha de la factura debe colocar la fecha del 2024 y en la fecha de retención, la fecha de enero 2025, también debe completar el monto, el ITBIS FACTURADO, ITBIS RETENIDO, ISR RETENIDO y el monto que le fue pagado al final luego de deducido las retenciones.
Y cuando remita el 623 del periodo 2025 debe contemplar la retención de ISR realizada por el estado.
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