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Cómo realizar pruebas de facturación electrónica para Desarrolladores de Software
Somos desarrolladores de software de facturación, y ahora que se publicó la norma 01-2020, queremos hacer pruebas de facturación electrónica para certificar nuestra solución antes de iniciar el proceso con nuestros clientes. ¿Con quién debo comunicarme? ¿Dónde encuentro información técnica (servidor y credenciales para pruebas de FE,etc.)? ¿Cuál es el proceso de certificación? ¿Existe una guía?



Oficial
Beatriz De La De La Rosa
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hace 6 años
1. Formulario de Solicitud para ser Emisor Electrónico o Proveedor de Servicios de Facturación Electrónica (FIGDF-016), llenado y firmado [en caso de Personas Jurídicas debe estar firmado y sellado].
Tiempo de respuesta: 10 días laborables.
Consideraciones importantes:
Para realizar la solicitud el contribuyente debe cumplir con lo siguiente:
1. Tener el Registro Nacional de Contribuyentes (RNC) actualizado.
2. Estar registrado como contribuyente con obligaciones tributarias a su cargo.
3. Poseer clave de acceso a la Oficina Virtual (OFV).
4. Estar al día en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y deberes formales.
5. Contar con un certificado digital de persona física, emitido por una prestadora de servicios de confianza que corresponda a la persona que actuará en representación del contribuyente.
Certificado digital: Es un documento digital emitido y firmado digitalmente por una entidad de certificación, que identifica inequívocamente a un suscriptor durante el período de vigencia del certificado y que se constituye en prueba de que dicho suscriptor es fuente u originador del contenido de un documento digital o mensaje de datos que incorpore su certificado asociado.
Prestadora de Servicios de Confianza: Son aquellas instituciones o personas jurídicas que, autorizadas por el INDOTEL, se encuentran facultadas para emitir certificados en relación con las firmas digitales de las personas. En la actualidad las entidades de certificación autorizadas son: Avansi, Cámara de Comercio, Optic.
6. Cumplir con las exigencias técnicas que la DGII disponga.
7. Tener un software especializado que permita la elaboración, emisión y uso del e-CF.
8. Aprobar de manera satisfactoria el proceso de certificación a los fines de inicio de emisión de los e-CF.
9. Estar en cumplimiento con las disposiciones de la Norma General núm. 06-2018 sobre Comprobantes Fiscales.
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