martes, 8 de septiembre de 2020

Cerrado

CÓMO LIQUIDO LOS IMPUESTOS Y RETENCIONES DE LAS COMISIONES DE UN VENDEDOR?

Agradecería que me indicasen qué impuestos y retenciones tengo que liquidad sobre las comisiones de un vendedor que no es empleado de la empresa y qué modelos debo presentar. Muchas gracias
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Solución oficial

4.8K Mensajes

hace 5 años

Buenas tardes, Juan. Debes seguir estos pasos:

1. Verificar si la persona es un proveedor informal o un contribuyente. 

Para esto, puedes consultar la cédula de dicha persona, ingresando a nuestro Portal Web DGII mediante este enlace: 

https://dgii.gov.do/servicios/consultas/Paginas/RNC.aspx

En caso de que no aparezca ningún resultado en la búsqueda, la persona es un proveedor informal.

2. Emitir el NCF.

Si la persona es un contribuyente, te debe emitir una Factura con Valor Fiscal (B01), incluyendo ITBIS.

Si la persona es un proveedor informal (no se encuentra registrado en la consulta antes indicada), debes emitirle un Comprobante de Compras (B11), incluyendo ITBIS.

Importante: las facturas deben cumplir con el formato establecido para cada tipo de NCF, especificado en nuestro Portal Web DGII:

https://dgii.gov.do/cicloContribuyente/facturacion/comprobantesFiscales/Paginas/formatosFactura.aspx

3. Realizar las retenciones.

Por la comisión pagada, si eres persona jurídica debes retener un 10% por concepto de ISR y la totalidad (100%) del ITBIS facturado.

4. Realizar los reportes correspondientes.

Debes reportar el NCF emitido y las retenciones efectuadas en tu Formato 606, IT-1 e IR-17. Puedes acceder a nuestros instructivos disponibles:

Formato 606

https://dgii.gov.do/publicacionesOficiales/bibliotecaVirtual/contribuyentes/formatoEnvioDatos/Docume...

IT-1:

https://dgii.gov.do/publicacionesOficiales/bibliotecaVirtual/contribuyentes/itbis/Documents/Instruct...

Si necesitas asistencia con el llenado del IR-17, puedes consultar con el área de fiscalización de la administración local que te corresponde, ya que esta área podrá atender en más detalle tu requerimiento.
 
En vista del estado de emergencia declarado por el COVID-19, nuestras oficinas se encuentran brindando asistencia parcialmente de forma remota, por lo que, para recibir la orientación puedes escribir a los correos electrónicos especificados en el Aviso 34-20:

https://dgii.gov.do/publicacionesOficiales/avisosInformativos/Documents/2020/34-20.pdf

Para conocer a cuál administración local perteneces puedes comunicarte a nuestro Centro de Contacto DGII (809) 689-3444 Santo Domingo, y sin cargos, al resto del país al 1(809)200-6060. De lunes a viernes de 8:00 A.M. a 6:00 P.M. y sábados de 8:00 A.M. a 12:00 P.M.

Nota: Recordamos que para asegurar una mejor experiencia en nuestra Comunidad de Ayuda, de acuerdo con nuestras Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII, todas las preguntas realizadas deben marcarse con la categoría “Discusiones”. En ese sentido, procedimos a realizar las correcciones de lugar a tu publicación.

Recuerda que a través de la Oficina Virtual puedes realizar tus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visita: www.dgii.gov.do/ofv 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

2.6K Mensajes

hace 5 años

Si el vendedor no está registrado en la dgii debes realizarle un comprobante de compra y hacerle las respectivas retenciones de ISR e Itbis, en caso de aplicar.

9 Mensajes

hace 5 años

Si las comisiones son por concepto de un servicio gravado con ITBIS, debes retener el 18% (100%), ademas del 10% de ISR, las retenciones del ITBIS las pagas mediante el IT1 y las de ISR en el IR17. La persona que  da el servicio debe generar un NCF con crédito fiscal, en caso de no estar registrado le emites un NCF de compras.