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martes, 6 de agosto de 2024 20:06

Cerrado

¿Cómo debo determinar la ganancia de capital?

Buenas tardes, tengo una duda respecto a cómo calcular la ganancia de capital por la venta de acciones para una sociedad en el extranjero, la cual posee un activo situado en el territorio nacional y este representa casi la totalidad de mis activos. Mis consultas específicas para este caso son las siguientes:

  • ¿Debo ajustar por inflación el activo al corte de diciembre de 2023, y posteriormente a la fecha de cierre del año actual a diciembre 2024, aunque la fecha de venta será en septiembre 2024?
  • ¿Cómo debo determinar la ganancia de capital es términos prácticos?

Saludos

Solución oficial

Buenos días, Rosanna. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que, para solicitar que le determinen si hubo o no ganancia de capital, debe depositar en el Centro de Asistencia Presencial de la sede central o en el área de información de la Administración Local a la que pertenece, los siguientes documentos según sea el caso: https://acortar.link/rc7s3l

 

En ese mismo orden, por ser una situación particular, le recomendamos canalizar el mismo directamente ante el área de Fiscalización de la Administración Local que le corresponde, ya que esta es la encargada de instruir a los contribuyentes sobre el correcto procedimiento a llevar a cabo para las presentaciones de las transacciones contables en esta Dirección General, además de orientar sobre el correcto llenado y cálculos que poseen los formularios y Declaraciones Juradas.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII.